3. Otras disposiciones. . (2021/197-8)
Orden de 22 de septiembre de 2021, por la que se concede autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro docente privado de educación infantil «Salliver» de Fuengirola (Málaga), así como una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de educación primaria con la misma denominación específica y el mismo domicilio. (PP. 2898/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 13 de octubre de 2021
página 68

Avda. de Finlandia, 4, de Fuengirola (Málaga), quedando dichos centros con la siguiente
configuración:
Centro docente privado de educación infantil:
- 6 unidades de segundo ciclo para 150 puestos escolares.
Centro docente privado de educación primaria:
- 12 unidades de educación primaria para 300 puestos escolares.
Centro docente privado de educación secundaria:
- Educación secundaria obligatoria: 8 unidades para 240 puestos escolares.
- Bachillerato:
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades con 70 puestos
escolares.
Modalidad de Ciencias: 2 unidades con 70 puestos escolares.
Segundo. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de
Educación y Deporte de Málaga la relación del profesorado de los mismos, con indicación
de su titulación respectiva.
Tercero. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2021/2022, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a
que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de
otras personas.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de septiembre de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ

00199588

Consejero de Educación y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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