Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/196-4)
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se finaliza el proceso selectivo para cubrir el puesto de Jefatura del Área de Comunicación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 196 - Lunes, 11 de octubre de 2021
página 49
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Uno. La persona titular de la Dirección de la AACID es competente para dictar la
Resolución del proceso de selección de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1.h)
de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 184/2014, de 30 de diciembre.
Dos. El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, califica como principios generales de la actividad administrativa, entre otros, los
de claridad, transparencia y confianza legítima. Estos principios contribuyen a asegurar la
imparcialidad de la Administración Pública en todas sus actuaciones.
Tres. En el presente proceso selectivo rige lo dispuesto en los artículos 70.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (LAJA), 55.2
y 61 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Cuatro. El presente proceso selectivo es un procedimiento de naturaleza administrativa
en el que se han dictado hasta la fecha meros actos de trámite que generan expectativas
de derechos, pero no derechos consolidados.
Cinco. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de
acuerdo con la interpretación jurisprudencial de dicho precepto, los errores e incidencias
ocurridos en la determinación de las puntuaciones de la prueba técnica del presente
proceso selectivo no pueden ser subsanados, pues podrían producir una alteración
fundamental de los resultados publicados con fecha 19 de julio de 2021.
Y con base en los antecedentes fácticos descritos y en las consideraciones jurídicas
contenidas en el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, así como en la
propuesta del Comité de Selección,
R ES U ELVO
Primero y único. La finalización del proceso selectivo para la cobertura del puesto de
Jefatura del Área de Comunicación y, en consecuencia, la no continuación de las fases
previstas en las bases reguladoras de la respectiva convocatoria.
Contra la presente resolución podrá interponerse, en el plazo de un año, demanda
ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime
oportuno deducir.
00199772
Sevilla, 5 de octubre de 2021.- La Directora, M.ª Luz Ortega Carpio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 196 - Lunes, 11 de octubre de 2021
página 49
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Uno. La persona titular de la Dirección de la AACID es competente para dictar la
Resolución del proceso de selección de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1.h)
de los Estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 184/2014, de 30 de diciembre.
Dos. El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, califica como principios generales de la actividad administrativa, entre otros, los
de claridad, transparencia y confianza legítima. Estos principios contribuyen a asegurar la
imparcialidad de la Administración Pública en todas sus actuaciones.
Tres. En el presente proceso selectivo rige lo dispuesto en los artículos 70.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (LAJA), 55.2
y 61 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Cuatro. El presente proceso selectivo es un procedimiento de naturaleza administrativa
en el que se han dictado hasta la fecha meros actos de trámite que generan expectativas
de derechos, pero no derechos consolidados.
Cinco. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de
acuerdo con la interpretación jurisprudencial de dicho precepto, los errores e incidencias
ocurridos en la determinación de las puntuaciones de la prueba técnica del presente
proceso selectivo no pueden ser subsanados, pues podrían producir una alteración
fundamental de los resultados publicados con fecha 19 de julio de 2021.
Y con base en los antecedentes fácticos descritos y en las consideraciones jurídicas
contenidas en el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, así como en la
propuesta del Comité de Selección,
R ES U ELVO
Primero y único. La finalización del proceso selectivo para la cobertura del puesto de
Jefatura del Área de Comunicación y, en consecuencia, la no continuación de las fases
previstas en las bases reguladoras de la respectiva convocatoria.
Contra la presente resolución podrá interponerse, en el plazo de un año, demanda
ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime
oportuno deducir.
00199772
Sevilla, 5 de octubre de 2021.- La Directora, M.ª Luz Ortega Carpio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja