3. Otras disposiciones. . (2021/195-11)
Corrección de errores de la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES», y se establecen sus bases reguladoras (BOJA núm. 115, de 17.6.2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Viernes, 8 de octubre de 2021
página 240
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Corrección de errores de la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean
los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES», y se
establecen sus bases reguladoras (BOJA núm. 115, de 17.6.2021).
Advertidos errores en el texto de la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean los
Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES», y se establecen sus
bases reguladoras, publicada en el BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2021, se procede a
su corrección en los siguientes términos:
En la página 116, el artículo 6.1:
Donde dice:
«1. La valoración y selección de las proyectos de las distintas modalidades de premios
que hayan de proponerse para la concesión de los premios corresponderá a un jurado de
10 miembros.»
Debe decir:
«1. La valoración y selección de las proyectos de las distintas modalidades de premios
que hayan de proponerse para la concesión de los premios corresponderá a un jurado de
9 miembros.»
00199660
En la página 121, en el artículo 10.1:
Donde dice:
«1. Las sociedades cooperativas andaluzas que presenten candidaturas deberán llevar
inscritas al menos tres años en el Registro de Cooperativas Andaluzas, en el momento
de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada convocatoria, con la
salvedad de la modalidad b) de los premios, cuyo acto de inscripción en el Registro de
Cooperativas Andaluzas se haya realizado en el plazo máximo de un año desde la fecha
de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada convocatoria.»
Debe decir:
«1. Las sociedades cooperativas andaluzas que presenten candidaturas deberán llevar
inscritas al menos un año en el Registro de Cooperativas Andaluzas, con la salvedad de
la modalidad b) de los premios, cuyo acto de inscripción en el Registro de Cooperativas
Andaluzas debe haberse realizado en el plazo máximo de un año, en ambos supuestos a
contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada
convocatoria.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Viernes, 8 de octubre de 2021
página 240
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Corrección de errores de la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean
los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES», y se
establecen sus bases reguladoras (BOJA núm. 115, de 17.6.2021).
Advertidos errores en el texto de la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean los
Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES», y se establecen sus
bases reguladoras, publicada en el BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2021, se procede a
su corrección en los siguientes términos:
En la página 116, el artículo 6.1:
Donde dice:
«1. La valoración y selección de las proyectos de las distintas modalidades de premios
que hayan de proponerse para la concesión de los premios corresponderá a un jurado de
10 miembros.»
Debe decir:
«1. La valoración y selección de las proyectos de las distintas modalidades de premios
que hayan de proponerse para la concesión de los premios corresponderá a un jurado de
9 miembros.»
00199660
En la página 121, en el artículo 10.1:
Donde dice:
«1. Las sociedades cooperativas andaluzas que presenten candidaturas deberán llevar
inscritas al menos tres años en el Registro de Cooperativas Andaluzas, en el momento
de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada convocatoria, con la
salvedad de la modalidad b) de los premios, cuyo acto de inscripción en el Registro de
Cooperativas Andaluzas se haya realizado en el plazo máximo de un año desde la fecha
de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada convocatoria.»
Debe decir:
«1. Las sociedades cooperativas andaluzas que presenten candidaturas deberán llevar
inscritas al menos un año en el Registro de Cooperativas Andaluzas, con la salvedad de
la modalidad b) de los premios, cuyo acto de inscripción en el Registro de Cooperativas
Andaluzas debe haberse realizado en el plazo máximo de un año, en ambos supuestos a
contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas de cada
convocatoria.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja