3. Otras disposiciones. . (2021/193-4)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la reclasificación del puesto de trabajo de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax (Almería) de Secretaría clase 2.ª, en Secretaría clase 3.ª -23834-, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Miércoles, 6 de octubre de 2021
página 42

3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Administración Local, por la que se acuerda la reclasificación del puesto de
trabajo de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax (Almería) de
Secretaría clase 2.ª, en Secretaría clase 3.ª –23834–, reservado a funcionarios
de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
1. Entidad Local solicitante.
Mancomunidad de Municipios del Bajo Andarax (Almería)
2. Puesto de trabajo para el que se solicita su reclasificación.
Puestos de trabajo actuales: Secretaría clase 2.ª eximida - 10652.
Intervención clase 2.ª eximida - 10651.
Puesto de trabajo reclasificado: Secretaría clase 3.ª – 23834.
3. Resolución.
Ha tenido entrada en esta Dirección General escrito de la Entidad Local referenciada
en el punto 1 solicitando la reclasificación del puesto indicado en el punto 2, puesto
reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional.
Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias
conferidas en el apartado 7 del artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, los artículos correspondientes del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, y el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local.
R ES U ELVO
Primero. Reclasificar el puesto de trabajo referenciado en el punto 2 como Secretaría
clase 3.ª eximida - 23834, para su desempeño por funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención.

4. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este
orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento
previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, en el
supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública.
Sevilla, 28 de septiembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00199499

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.