Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias. . (2021/192-2)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se ratifica el nombramiento de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 14

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Instituto
Andaluz de la Juventud, por la que se ratifica el nombramiento de los miembros
de la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Andalucía.
HECHOS
Primero. La Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales
y administrativas, en su artículo 143, crea el Consejo de la Juventud de Andalucía, como
órgano de participación, representación y consulta en el desarrollo de las políticas de
la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de juventud, y lo adscribe al Instituto
Andaluz de la Juventud.
Segundo. Con fecha 10 de julio de 2021, en la ciudad de Sevilla, se celebra la
XXIV Asamblea General Ordinaria del Consejo de la Juventud de Andalucía, en la
que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 151 y 152 de la Ley 18/2003, de
29 de diciembre, se designó a la persona titular de la Presidencia de dicho Consejo y
se nombraron a los miembros de su Comisión Permanente, eligiéndose a las personas
titulares de los distintos cargos.
Tercero. Con fecha 21 de julio de 2021 por la Secretaría del Consejo de la Juventud de
Andalucía, se emite certificación acreditativa del acuerdo de la XXIV Asamblea General
Ordinaria del Consejo de la Juventud de Andalucía, anteriormente reseñada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.b) del Decreto 118/1997,
de 22 de abril, por el que se regula el régimen de organización y funcionamiento del
Instituto Andaluz de la Juventud, corresponde a la Directora General del citado organismo,
entre otras competencias, la de adoptar las resoluciones precisas para el cumplimiento
de las funciones encomendadas al mismo.
Segundo. Los artículos 152.2 y 151.3 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre,
establecen respectivamente que los nombramientos del Presidente y de los miembros de
la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Andalucía serán ratificados por
Resolución del Instituto Andaluz de la Juventud, que se hará pública en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía. En este mismo sentido se expresan los artículos 31 y 23.1 del
Decreto 6/2007, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento
interno del Consejo de la Juventud de Andalucía.

HE RESUELTO
Primero. Ratificar el nombramiento como Presidente del Consejo de la Juventud de
Andalucía a don Daniel Valdivia Alonso (Activando Europa).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00199477

En virtud de todo lo expuesto, vistos los preceptos legales citados anteriormente, la
Certificación acreditativa del acuerdo de la XXIV Asamblea General Ordinaria del Consejo
de la Juventud de Andalucía, celebrada el día 10 de julio de 2021 y, demás normas de
general aplicación,