5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/192-26)
Anuncio de 10 de septiembre de 2021, del Ayuntamiento de Los Barrios, de bases para la selección como funcionario de carrera de siete plazas de Policía Local, mediante los sistemas de turno libre (6) y de movilidad sin ascenso (1), a través de los procedimientos de oposición libre y concurso de méritos, respectivamente, Ofertas de Empleo Público de 2020 y 2021. (PP. 2741/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 187

4. Solicitudes.
4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en
el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas
cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Los
Barrios, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento ubicado
en Plaza de la Iglesia, s/n, Los Barrios (11.370), o conforme a lo dispuesto en el art. 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Se incluye la posibilidad de presentar telemáticamente la
solicitud de participación en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Los Barrios
–sede electrónica– https://www.losbarrios.es/oficina-virtual-sede-electronica/. El modelo
de solicitud de participación para el turno libre y turno de movilidad sin ascenso se
encuentra en el Anexo V de las presentes bases.
4.3. Los aspirantes que opten por la movilidad, con la indicada solicitud, presentarán
la documentación que acredite los méritos a valorar en el concurso de méritos, según
el contenido del baremo que se relaciona en el Anexo IV de las presentes bases. Los
aspirantes por este turno de movilidad deberán adjuntar a su solicitud el modelo de
autobaremación de méritos que se encuentra en el Anexo IV.bis de las presentes bases.

6. Tribunal Calificador.
6.1. El Tribunal Calificador estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un
Secretario.
Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía.
Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.
Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin
voto.
6.2. No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación
política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será
siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de
nadie.
6.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o
superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.
6.4. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos
requisitos.
6.5. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración
de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su
especialidad técnica.
6.6. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos
Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante
el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las
pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Admisión de aspirantes.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del
Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en la web de la Corporación www.losbarrios.es,
en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares
en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante
dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y
excluidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.