5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/192-26)
Anuncio de 10 de septiembre de 2021, del Ayuntamiento de Los Barrios, de bases para la selección como funcionario de carrera de siete plazas de Policía Local, mediante los sistemas de turno libre (6) y de movilidad sin ascenso (1), a través de los procedimientos de oposición libre y concurso de méritos, respectivamente, Ofertas de Empleo Público de 2020 y 2021. (PP. 2741/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 201
ANEXO IV
BAREMOS PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS MOVILIDAD
V.A.1. Titulaciones académicas:
V.A.1.1. Doctor: 2,00 puntos.
V.A.1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
V.A.1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en
criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: 1,00 punto.
V.A.1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o
equivalente: 0,50 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se
posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones
necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una
titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio
competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición
en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los
mismos
Puntuación máxima del apartado V.A.1: 4,00 puntos.
V.A.2. Antigüedad:
V.A.2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los
Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o
superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
V.A.2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los
Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que
se aspira: 0,10 puntos.
V.A.2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
V.A.2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros
Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.2.: 4,00 puntos.
V.A.3. Formación y docencia:
V.A.3.1. Formación:
Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de
concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial,
impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán
valorados, cada uno, como a continuación se establece:
V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00198519
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 201
ANEXO IV
BAREMOS PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS MOVILIDAD
V.A.1. Titulaciones académicas:
V.A.1.1. Doctor: 2,00 puntos.
V.A.1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
V.A.1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en
criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: 1,00 punto.
V.A.1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o
equivalente: 0,50 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se
posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones
necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una
titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio
competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición
en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los
mismos
Puntuación máxima del apartado V.A.1: 4,00 puntos.
V.A.2. Antigüedad:
V.A.2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los
Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o
superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
V.A.2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los
Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que
se aspira: 0,10 puntos.
V.A.2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
V.A.2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros
Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.2.: 4,00 puntos.
V.A.3. Formación y docencia:
V.A.3.1. Formación:
Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de
concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial,
impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán
valorados, cada uno, como a continuación se establece:
V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00198519
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