3. Otras disposiciones. . (2021/189-7)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a la finalización de disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones, regulada en la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 189 - Jueves, 30 de septiembre de 2021
página 327

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad a la finalización de
disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones, regulada en
la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y
Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa
de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.
Examinadas, por el Servicio de Gestión del Trabajo Autónomo, las solicitudes presentadas
al amparo de la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases
reguladoras del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo
en Andalucía (BOJA número 124, de 1 de julio), convocadas por Resolución de 26 de
julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA
extraordinario núm. 19, de 29 de julio), se constatan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de julio de 2019 se publica en BOJA, Resolución de 26 de julio,
de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva reguladas en
la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del
Programa de Estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.
Segundo. En la referida resolución se acuerda el crédito disponible para dicha
convocatoria en 28.600.000 euros, distribuidos en los ejercicios 2019, 2020 y 2021.
Tercero. Realizada la instrucción de los expedientes correspondientes se comprueba
que se ha alcanzado el límite de las consignaciones presupuestarias, con el número de
solicitud y a la fecha y hora siguientes: CTC-2021132444, 28.6.2021, 9:35:23 horas.
A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. El artículo 15 de la Orden de 27 de junio de 2019 señala en su punto 4
que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, mediante resolución del órgano competente para resolver.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00199181

Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 y el apartado segundo de la disposición
adicional única de la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se establecen las bases
reguladoras del Programa bases reguladoras del Programa de Estímulo a la creación y
consolidación del trabajo autónomo en Andalucía, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto
del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.