Disposiciones generales. . (2021/189-1)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para los años 2021 y 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 189 - Jueves, 30 de septiembre de 2021
página 27

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ANEXO I

DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA (Continuación)

Se COMPROMETE a cumplir las obligaciones exigidas por la normativa de aplicación y SOLICITA la concesión de la subvención prevista en el
artículo 8 de las bases reguladoras.
En

a
de
LA PERSONA SOLICITANTE/REPRESENTANTE

de

Fdo.:

ILMO/A SR/A DIRECTOR/A GENERAL DE TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas: A 0 1 0 2 5 7 7 1
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social cuya dirección es Calle Albert Einstein,4. Isla
de la Cartuja 41092 –Sevilla
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cefta@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la Concesión de subvenciones para el fomento de la creación de empresas del trabajo autónomo, cuya
base jurídica son a) Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo b)Ley15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de Promoción del Trabajo
Autónomo. c)El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia d)Ley 3/2018, de 8
de mayo, Andaluza de Fomento del Emprendimiento.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, como se explica en la
información adicional.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos

00199271

002999D

La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por la Orden de
convocatoria, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja