Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/187-8)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba la baremación definitiva y se modifica la Resolución de 2 de octubre de 2020, por la que se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Técnico/a en Farmacia, por el sistema de acceso libre, y por la que se publica relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Martes, 28 de septiembre de 2021
página 138
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo
su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la
categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original
del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la
presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC,
acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica
que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada
permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un
código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en
todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro
telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia
del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el
momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos, no se admitirán
modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de septiembre de 2021.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
ANEXO
APELLIDOS, NOMBRE
GUILLEN CARREÑO, MARI ANGELES
MUÑOZ CORTES, MARIA ROSARIO
MUÑOZ FERNANDEZ, PILAR
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
DNI / NIE
***2824**
***8086**
***3878**
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198873
PERSONAS ASPIRANTES A LAS QUE SE REQUIERE PARA REALIZAR PETICIÓN
DE CENTRO DE DESTINO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Martes, 28 de septiembre de 2021
página 138
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo
su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la
categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original
del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la
presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC,
acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica
que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada
permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un
código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en
todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro
telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia
del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el
momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos, no se admitirán
modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de septiembre de 2021.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.
ANEXO
APELLIDOS, NOMBRE
GUILLEN CARREÑO, MARI ANGELES
MUÑOZ CORTES, MARIA ROSARIO
MUÑOZ FERNANDEZ, PILAR
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
DNI / NIE
***2824**
***8086**
***3878**
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198873
PERSONAS ASPIRANTES A LAS QUE SE REQUIERE PARA REALIZAR PETICIÓN
DE CENTRO DE DESTINO