3. Otras disposiciones. . (2021/186-10)
Decreto 227/2021, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Lunes, 27 de septiembre de 2021
página 160
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Decreto 227/2021, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente
la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985,
de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,
y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la
elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero
de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198749
El Decreto 119/2020, de 8 de septiembre, modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación, como consecuencia de la aprobación del Decreto del Presidente 3/2020, de 3
de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
La modificación competencial aprobada, así como la distribución de dichas
competencias establecida entre los distintos centros directivos, hace necesario actualizar
y adecuar la denominación, características y el contenido funcional de determinados
puestos de trabajo adscritos a la Viceconsejería, a la Secretaría General de Políticas
Sociales, Voluntariado y Conciliación y a la Dirección General de Servicios Sociales.
Por otro lado, mediante el Acuerdo de 4 de noviembre de 2020, del Consejo de
Gobierno, se aprueba el I Plan Estratégico Integral para Personas Mayores en Andalucía
2020-2023, que constituye el documento de referencia que orienta las políticas que
la Junta de Andalucía desarrolla en el ámbito de las personas mayores y que plantea
respuestas al reto que supone el envejecimiento demográfico que vive la sociedad
andaluza, como el resto de las sociedades occidentales.
La Dirección General de Personas Mayores y Pensiones no contributivas es el centro
directivo encargado de ejecutar el referido Plan, así como de realizar el seguimiento y
la evaluación, por lo que mediante la presente modificación de la relación de puestos
de trabajo se crean puestos necesarios para el impulso, coordinación y cumplimiento de
todas las actuaciones que emanan del Plan, así como para la gestión del procedimiento
de autorización y acreditación de los centros para personas mayores.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el
que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia
económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable
a esta modificación.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Lunes, 27 de septiembre de 2021
página 160
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Decreto 227/2021, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente
la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985,
de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,
y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la
elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero
de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 21 de septiembre de 2021,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198749
El Decreto 119/2020, de 8 de septiembre, modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación, como consecuencia de la aprobación del Decreto del Presidente 3/2020, de 3
de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
La modificación competencial aprobada, así como la distribución de dichas
competencias establecida entre los distintos centros directivos, hace necesario actualizar
y adecuar la denominación, características y el contenido funcional de determinados
puestos de trabajo adscritos a la Viceconsejería, a la Secretaría General de Políticas
Sociales, Voluntariado y Conciliación y a la Dirección General de Servicios Sociales.
Por otro lado, mediante el Acuerdo de 4 de noviembre de 2020, del Consejo de
Gobierno, se aprueba el I Plan Estratégico Integral para Personas Mayores en Andalucía
2020-2023, que constituye el documento de referencia que orienta las políticas que
la Junta de Andalucía desarrolla en el ámbito de las personas mayores y que plantea
respuestas al reto que supone el envejecimiento demográfico que vive la sociedad
andaluza, como el resto de las sociedades occidentales.
La Dirección General de Personas Mayores y Pensiones no contributivas es el centro
directivo encargado de ejecutar el referido Plan, así como de realizar el seguimiento y
la evaluación, por lo que mediante la presente modificación de la relación de puestos
de trabajo se crean puestos necesarios para el impulso, coordinación y cumplimiento de
todas las actuaciones que emanan del Plan, así como para la gestión del procedimiento
de autorización y acreditación de los centros para personas mayores.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el
que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia
económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable
a esta modificación.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.