Disposiciones generales. . (2021/185-3)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que se amplía el crédito presupuestario recogido en la Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que se convocan para el curso académico 2020/2021 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de mayo de 2020, de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 185 - Viernes, 24 de septiembre de 2021
página 17

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional primera de la Orden de 14 de mayo de 2020,
R ES U ELVO
Primero. Declaración de créditos disponibles.
Se amplía en 126.415,15 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Universidades, por la que
se convocan para el curso académico 2020/2021 las subvenciones previstas en la Orden
de 14 de mayo de 2020, de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en
régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
El importe de la ampliación se adicionará a los 1.200.000 euros convocados en la
mencionada resolución, resultando una cuantía total de 1.326.415,15 euros:
Programa

Partida Presupuestaria

Financiación

Anualidad 2021

Universidades

1400010000 G42J/48202/00

Servicio 01

1.326.415,15 €

Segundo. Eficacia de la resolución.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes
conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente en
el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la
Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00198681

Sevilla, 14 de septiembre de 2021.- El Director General, Juan José García Machado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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