3. Otras disposiciones. . (2021/183-13)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Martos (Jaén). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 99
A14.
Se puede observar que el artículo 14 cuyos créditos se destinan principalmente al abono de las
retribuciones del personal temporal es el que presenta mayor incremento respecto al resto de
los créditos destinados a retribuciones.
A15.
La plantilla de efectivos que prestaba servicios en el Ayuntamiento durante el ejercicio 2018 estaba compuesta por los efectivos recogidos en el cuadro nº 10:
Relación jurídica
Funcionario
Plantilla
Presupuestaria
Vacantes
Efectivos reales
100
22
85
Funcionario carrera
99
22
83
Funcionario interino
1
-
2
Laboral
104
23
128
Fijo
104
23
77
Indefinido no fijo
-
-
51
Eventual
1
-
1
205
45
223
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos aportados por el ayuntamiento
Cuadro nº 10
La plantilla presupuestaria no recoge la totalidad de los efectivos que prestan servicio en el Ayuntamiento de forma permanente al no incluir el total de trabajadores indefinidos no fijos, ni a los
trabajadores con contrato temporal que superan el tiempo legal (al menos 9 de los contratos
temporales en vigor durante el ejercicio 2018) (§ 28 a 30).
A17.
El funcionario interino y que no cuenta con plaza en la plantilla ha sido nombrado en el ejercicio
2018 al amparo del artículo 10.1 c) del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público
que dispone: “para la ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una
duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por las leyes de la función pública
que se dicten en desarrollo de este estatuto, cesando los mismos además de por las causas previstas en el artículo 63 cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.” El proyecto
para el que se le selecciona tiene duración hasta 2020, no superando los 3 años establecidos en
la normativa reguladora.
A18.
Además de los trabajadores de estructura que han prestado servicio en el ayuntamiento, durante
el ejercicio 2018 se han llevado a cabo 494 contrataciones temporales con cargo al presupuesto
de la Entidad, 2 contrataciones cofinanciadas y un total de 547 financiados por otros organismos
El número de contratados realizado por cada mes del ejercicio se expone en el cuadro nº 11.
00198571
A16.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 99
A14.
Se puede observar que el artículo 14 cuyos créditos se destinan principalmente al abono de las
retribuciones del personal temporal es el que presenta mayor incremento respecto al resto de
los créditos destinados a retribuciones.
A15.
La plantilla de efectivos que prestaba servicios en el Ayuntamiento durante el ejercicio 2018 estaba compuesta por los efectivos recogidos en el cuadro nº 10:
Relación jurídica
Funcionario
Plantilla
Presupuestaria
Vacantes
Efectivos reales
100
22
85
Funcionario carrera
99
22
83
Funcionario interino
1
-
2
Laboral
104
23
128
Fijo
104
23
77
Indefinido no fijo
-
-
51
Eventual
1
-
1
205
45
223
Total
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos aportados por el ayuntamiento
Cuadro nº 10
La plantilla presupuestaria no recoge la totalidad de los efectivos que prestan servicio en el Ayuntamiento de forma permanente al no incluir el total de trabajadores indefinidos no fijos, ni a los
trabajadores con contrato temporal que superan el tiempo legal (al menos 9 de los contratos
temporales en vigor durante el ejercicio 2018) (§ 28 a 30).
A17.
El funcionario interino y que no cuenta con plaza en la plantilla ha sido nombrado en el ejercicio
2018 al amparo del artículo 10.1 c) del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público
que dispone: “para la ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una
duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por las leyes de la función pública
que se dicten en desarrollo de este estatuto, cesando los mismos además de por las causas previstas en el artículo 63 cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.” El proyecto
para el que se le selecciona tiene duración hasta 2020, no superando los 3 años establecidos en
la normativa reguladora.
A18.
Además de los trabajadores de estructura que han prestado servicio en el ayuntamiento, durante
el ejercicio 2018 se han llevado a cabo 494 contrataciones temporales con cargo al presupuesto
de la Entidad, 2 contrataciones cofinanciadas y un total de 547 financiados por otros organismos
El número de contratados realizado por cada mes del ejercicio se expone en el cuadro nº 11.
00198571
A16.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja