3. Otras disposiciones. . (2021/183-12)
Orden de 16 de septiembre de 2021, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de dos obras de las que es propietaria la artista Soledad Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 69
3. Otras disposiciones
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Orden de 16 de septiembre de 2021, por la que se acepta la donación a favor de
la Comunidad Autónoma de Andalucía de dos obras de las que es propietaria la
artista Soledad Sevilla.
Doña Soledad Sevilla Portillo, conocida en el mundo artístico como Soledad Sevilla,
mediante escrito de fecha 18 de junio de 2021 ha expresado su interés en donar al
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo las obras que abajo se relacionan, de las que es
propietaria, libre de cargas, las cuales revelan un interés artístico y cultural para nuestra
Comunidad, conforme a los artículos 2 y 42.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del
Patrimonio Histórico de Andalucía.
Santiago Ayán (Granada, 1963-2010) fue un artista preocupado por los grandes
temas existenciales del ser humano. Su producción se caracterizó en un principio por
su expresividad, que desembocó en un proceso de reducción formal, cercano al arte
conceptual, pero donde la ironía cobró protagonismo.
José Manuel Ferrer (Motril, 1969) es licenciado en Bellas Artes y Técnico Superior en
Comunicación Multimedia y obtuvo una beca en 1994 de la Fundación Rodríguez-Acosta.
Desde los años noventa ha realizado tanto exposiciones colectivas como individuales.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 4 de agosto de
2021 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación. La
Comisión Técnica del Centro así mismo informó favorablemente el ingreso de estas obras
en su reunión del día 27 de mayo de 2021.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Segundo. El Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, dispone en su artículo 1.2.a)
que le corresponde la promoción, fomento, protección y difusión de la cultura en todas sus
manifestaciones y expresiones tales como el patrimonio histórico, artístico, monumental,
científico, industrial, arqueológico, etnológico y el patrimonio bibliográfico y documental,
atribuyéndose a la Dirección General de Innovación Cultural y Museos la tutela, promoción
y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural,
de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y enclaves competencia
de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con la normativa aplicable,
de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 9.3 del citado decreto. Y a tenor
del artículo 6 dicha dirección general depende directamente de la Secretaría General de
Innovación Cultural y Museos, y a través de la misma queda adscrito a la Consejería de
Cultura y Patrimonio Histórico el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198619
Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura,
que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y
de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura
andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º del mismo artículo atribuye la competencia
exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico,
monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª
de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones
de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.
BOJA
Número 183 - Miércoles, 22 de septiembre de 2021
página 69
3. Otras disposiciones
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Orden de 16 de septiembre de 2021, por la que se acepta la donación a favor de
la Comunidad Autónoma de Andalucía de dos obras de las que es propietaria la
artista Soledad Sevilla.
Doña Soledad Sevilla Portillo, conocida en el mundo artístico como Soledad Sevilla,
mediante escrito de fecha 18 de junio de 2021 ha expresado su interés en donar al
Centro Andaluz de Arte Contemporáneo las obras que abajo se relacionan, de las que es
propietaria, libre de cargas, las cuales revelan un interés artístico y cultural para nuestra
Comunidad, conforme a los artículos 2 y 42.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del
Patrimonio Histórico de Andalucía.
Santiago Ayán (Granada, 1963-2010) fue un artista preocupado por los grandes
temas existenciales del ser humano. Su producción se caracterizó en un principio por
su expresividad, que desembocó en un proceso de reducción formal, cercano al arte
conceptual, pero donde la ironía cobró protagonismo.
José Manuel Ferrer (Motril, 1969) es licenciado en Bellas Artes y Técnico Superior en
Comunicación Multimedia y obtuvo una beca en 1994 de la Fundación Rodríguez-Acosta.
Desde los años noventa ha realizado tanto exposiciones colectivas como individuales.
La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 4 de agosto de
2021 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación. La
Comisión Técnica del Centro así mismo informó favorablemente el ingreso de estas obras
en su reunión del día 27 de mayo de 2021.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Segundo. El Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, dispone en su artículo 1.2.a)
que le corresponde la promoción, fomento, protección y difusión de la cultura en todas sus
manifestaciones y expresiones tales como el patrimonio histórico, artístico, monumental,
científico, industrial, arqueológico, etnológico y el patrimonio bibliográfico y documental,
atribuyéndose a la Dirección General de Innovación Cultural y Museos la tutela, promoción
y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural,
de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y enclaves competencia
de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con la normativa aplicable,
de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 9.3 del citado decreto. Y a tenor
del artículo 6 dicha dirección general depende directamente de la Secretaría General de
Innovación Cultural y Museos, y a través de la misma queda adscrito a la Consejería de
Cultura y Patrimonio Histórico el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198619
Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura,
que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y
de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura
andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º del mismo artículo atribuye la competencia
exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico,
monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª
de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones
de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.