3. Otras disposiciones. . (2021/182-9)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede a Eléctrica de Líjar, S.L., declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión que se cita, en el término municipal de El Gastor y Algodonales. (PP. 2704/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 112
Tramo 2:
Origen: Apoyo principio de la Línea P-1 de conversión subterráneo-aérea.
Final: Línea aérea MT existente de Eléctrica de Líjar, S.L.
Tipo: Subterránea.
Tensión de servicio: 20 kV.
Longitud en km: 4,780.
Conductores: LA-56 (47-AL1/8-ST1A).
Apoyos: Metálicos galvanizados de celosía, tipo RU.
La declaración de utilidad pública se concede de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, así como las siguientes condiciones especiales:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación.
2. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
3. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de
los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas
de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la
instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular del la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente de su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
00198313
Cádiz, 13 de septiembre de 2021.- La Delegada, Ana Mestre García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Martes, 21 de septiembre de 2021
página 112
Tramo 2:
Origen: Apoyo principio de la Línea P-1 de conversión subterráneo-aérea.
Final: Línea aérea MT existente de Eléctrica de Líjar, S.L.
Tipo: Subterránea.
Tensión de servicio: 20 kV.
Longitud en km: 4,780.
Conductores: LA-56 (47-AL1/8-ST1A).
Apoyos: Metálicos galvanizados de celosía, tipo RU.
La declaración de utilidad pública se concede de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, así como las siguientes condiciones especiales:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación.
2. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
3. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de
los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas
de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la
instalación, habiendo sido aceptados por el mismo.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular del la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente de su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
00198313
Cádiz, 13 de septiembre de 2021.- La Delegada, Ana Mestre García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja