Disposiciones generales. . (2021/181-3)
Acuerdo de 14 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 3 de agosto de 2021, por el que se amplían los códigos de la clasificación nacional de actividades económicas enumerados en el Anexo II del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, y se determinan los órganos competentes para la resolución de los procedimientos que se recogen en el Anexo III de dicho decreto-ley.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Lunes, 20 de septiembre de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades
El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el
apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, en su disposición
final primera, apartado 2, habilitaba al Consejo de Gobierno a dictar los acuerdos que
permitiesen ampliar los códigos de la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades
Económicas) enumerados en el Anexo II del citado decreto-ley, y la correlativa modificación
de los órganos competentes para la resolución de los procedimientos que se determinaban
en el Anexo III, siempre que el día anterior a aquel en que se adoptara el Acuerdo del
Consejo de Gobierno, el crédito dispuesto fuese inferior a la mitad del crédito inicial
disponible previsto en el artículo 3 y, adicionalmente, dicho crédito dispuesto, sumado al
volumen de las subvenciones máximas que procediesen conforme al cálculo previsto en el
apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, correspondiente a
los datos comunicados por la Administración tributaria durante las dos semanas anteriores
a dicho acuerdo, fuesen inferiores a las dos terceras partes del crédito inicial disponible.
En la disposición final primera del citado Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, también se
recogía que la adición de los códigos de la CNAE debía fundamentarse en una propuesta
por parte de la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, basándose en un indicador sintético representativo.
Diversas circunstancias pusieron de manifiesto la necesidad de ampliar las actividades
recogidas en el citado Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, con la finalidad de ampliar la
cobertura sectorial de los destinatarios de las ayudas y, de esta manera, posibilitar que
nuevas personas trabajadoras autónomas y empresas, es decir las incluidas en los nuevos
códigos de la CNAE, pudiesen solicitar también las ayudas reguladas en el Decretoley 10/2021, de 1 de junio, a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente
Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Por la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades se elaboró un indicador sintético representativo, con objeto de ordenar
los sectores de actividad económica en función del impacto sufrido por la crisis del
COVID-19, utilizando para ello información objetiva. Esta información, para cada sector
de actividad, era la relativa a las horas efectivas de trabajo que ofrece la Encuesta de
Población Activa, los afiliados a la Seguridad Social y los trabajadores en situación de
Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), de la Tesorería General de la
Seguridad Social. Dicho indicador sintético y su metodología se recogieron en el Anexo I
del Acuerdo de 3 de agosto de 2021, del Consejo de Gobierno, publicado en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 151, de 6 de agosto. Además, con base en este
indicador sintético se elaboró la lista de sectores de actividad contenidos en el Anexo II
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198422
Acuerdo de 14 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el Acuerdo de 3 de agosto de 2021, por el que se amplían los códigos de
la clasificación nacional de actividades económicas enumerados en el Anexo II
del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas
y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del
sector privado, y se determinan los órganos competentes para la resolución de
los procedimientos que se recogen en el Anexo III de dicho decreto-ley.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Lunes, 20 de septiembre de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades
El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el
apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, en su disposición
final primera, apartado 2, habilitaba al Consejo de Gobierno a dictar los acuerdos que
permitiesen ampliar los códigos de la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades
Económicas) enumerados en el Anexo II del citado decreto-ley, y la correlativa modificación
de los órganos competentes para la resolución de los procedimientos que se determinaban
en el Anexo III, siempre que el día anterior a aquel en que se adoptara el Acuerdo del
Consejo de Gobierno, el crédito dispuesto fuese inferior a la mitad del crédito inicial
disponible previsto en el artículo 3 y, adicionalmente, dicho crédito dispuesto, sumado al
volumen de las subvenciones máximas que procediesen conforme al cálculo previsto en el
apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, correspondiente a
los datos comunicados por la Administración tributaria durante las dos semanas anteriores
a dicho acuerdo, fuesen inferiores a las dos terceras partes del crédito inicial disponible.
En la disposición final primera del citado Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, también se
recogía que la adición de los códigos de la CNAE debía fundamentarse en una propuesta
por parte de la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, basándose en un indicador sintético representativo.
Diversas circunstancias pusieron de manifiesto la necesidad de ampliar las actividades
recogidas en el citado Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, con la finalidad de ampliar la
cobertura sectorial de los destinatarios de las ayudas y, de esta manera, posibilitar que
nuevas personas trabajadoras autónomas y empresas, es decir las incluidas en los nuevos
códigos de la CNAE, pudiesen solicitar también las ayudas reguladas en el Decretoley 10/2021, de 1 de junio, a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente
Acuerdo del Consejo de Gobierno.
Por la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades se elaboró un indicador sintético representativo, con objeto de ordenar
los sectores de actividad económica en función del impacto sufrido por la crisis del
COVID-19, utilizando para ello información objetiva. Esta información, para cada sector
de actividad, era la relativa a las horas efectivas de trabajo que ofrece la Encuesta de
Población Activa, los afiliados a la Seguridad Social y los trabajadores en situación de
Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), de la Tesorería General de la
Seguridad Social. Dicho indicador sintético y su metodología se recogieron en el Anexo I
del Acuerdo de 3 de agosto de 2021, del Consejo de Gobierno, publicado en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 151, de 6 de agosto. Además, con base en este
indicador sintético se elaboró la lista de sectores de actividad contenidos en el Anexo II
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198422
Acuerdo de 14 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el Acuerdo de 3 de agosto de 2021, por el que se amplían los códigos de
la clasificación nacional de actividades económicas enumerados en el Anexo II
del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases
reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas
y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del
sector privado, y se determinan los órganos competentes para la resolución de
los procedimientos que se recogen en el Anexo III de dicho decreto-ley.