4. Administración de justicia. . (2021/180-14)
Edicto de 22 de abril de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola, dimanante de autos núm. 836/2019. (PP. 2036/2021).
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Viernes, 17 de septiembre de 2021
página 192

4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Edicto de 22 de abril de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de
Fuengirola, dimanante de autos núm. 836/2019. (PP. 2036/2021).
NIG: 2905442120190004223.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 836/2019. Negociado: LR.
Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.
De: Ges Seguros y Reaseguros, S.A.
Procurador: Sr. Francisco de Paula Gutiérrez Marqués.
Contra: C.P. Edf. Calle Marbella, núm. 13.
EDICTO
En los autos de este Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola y bajo el
número de autos 836/19 seguidos a instancia de Ges Seguros y Reaseguros, S.A., contra
C.P. Edf. Calle Marbella, núm. 13, se ha acordado publicar el presente edicto a fin de
poner en conocimiento de C.P. Edf. Calle Marbella, núm. 13, que se ha dictado sentencia
en fecha 4.1.2021 frente a la que no cabe recurso alguno, siendo firme la misma.
Si el interesado desea tener conocimiento del contenido de la resolución deberá
personarse en la Secretaría de este Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de
Fuengirola.
Fuengirola, a veintidós de abril de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.

00194634

«La difusion del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja