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Anuncio de 14 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Cádiz, por el que se declara la finalización de la disponibilidad presupestaria de las subvenciones de la LÍnea 1 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 convocada por Resolución de 13 de abril de 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 180 - Viernes, 17 de septiembre de 2021
página 201
competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1, Estabilización de la
iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, se comprueba que, con
anterioridad a la finalización del plazo de presentación, 1 de octubre de 2021, señalado
en el resuelve séptimo de la Resolución de 13 de abril de 2021, se ha alcanzado el límite
de las consignaciones presupuestarias asignadas en cada una de las medidas señaladas,
con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:
MEDIDA
Mujeres trabajadoras autónomas
menores de 35
Hombres trabajadores autónomos
menores de 30 años
Mujeres trabajadoras autónomas de 35
años o más
Hombres trabajadores autónomos de 30
años o más
SOLICITUD
FECHA
PRESENTACIÓN
HORA
PRESENTACIÓN
CTC-2021098736
11/05/2021
13:52:28
CTC-2021108297
27/05/2021
13:10:30
CTC-2021108015
27/05/2021
10:04:15
CTC-2021095963
06/05/2021
13:35:13
A los referidos antecedentes les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para instruir el presente procedimiento corresponde, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 y el apartado segundo de la disposición
adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las
bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización
económica de las empresas de trabajo autónomo, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto
del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía, a las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades en sus diferentes ámbitos.
Segundo. El artículo 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 señala en su
punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución del órgano competente
para resolver.
Cuarto. El resuelve séptimo de la Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social, establece que las solicitudes podrán
presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198395
Tercero. El artículo 34 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 establece en su
primer punto que en lo referente a la concesión de las subvenciones reguladas en los
Capítulos II, III, IV y V, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo
el orden correlativo de entrada en el registro electrónico del órgano competente para
su tramitación, hasta el límite de la consignación presupuestaria. La finalización de la
disponibilidad presupuestaria se hará pública en la web de la Consejería competente en
materia de trabajo autónomo mediante resolución del órgano competente para resolver.
BOJA
Número 180 - Viernes, 17 de septiembre de 2021
página 201
competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1, Estabilización de la
iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, se comprueba que, con
anterioridad a la finalización del plazo de presentación, 1 de octubre de 2021, señalado
en el resuelve séptimo de la Resolución de 13 de abril de 2021, se ha alcanzado el límite
de las consignaciones presupuestarias asignadas en cada una de las medidas señaladas,
con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:
MEDIDA
Mujeres trabajadoras autónomas
menores de 35
Hombres trabajadores autónomos
menores de 30 años
Mujeres trabajadoras autónomas de 35
años o más
Hombres trabajadores autónomos de 30
años o más
SOLICITUD
FECHA
PRESENTACIÓN
HORA
PRESENTACIÓN
CTC-2021098736
11/05/2021
13:52:28
CTC-2021108297
27/05/2021
13:10:30
CTC-2021108015
27/05/2021
10:04:15
CTC-2021095963
06/05/2021
13:35:13
A los referidos antecedentes les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para instruir el presente procedimiento corresponde, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 y el apartado segundo de la disposición
adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las
bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización
económica de las empresas de trabajo autónomo, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto
del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía, a las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades en sus diferentes ámbitos.
Segundo. El artículo 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 señala en su
punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución del órgano competente
para resolver.
Cuarto. El resuelve séptimo de la Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección
General de Trabajo Autónomo y Economía Social, establece que las solicitudes podrán
presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198395
Tercero. El artículo 34 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 establece en su
primer punto que en lo referente a la concesión de las subvenciones reguladas en los
Capítulos II, III, IV y V, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo
el orden correlativo de entrada en el registro electrónico del órgano competente para
su tramitación, hasta el límite de la consignación presupuestaria. La finalización de la
disponibilidad presupuestaria se hará pública en la web de la Consejería competente en
materia de trabajo autónomo mediante resolución del órgano competente para resolver.