Disposiciones generales. . (2021/177-1)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Comunicación Social, por la que se convoca la VIII Edición de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local con cargo al ejercicio 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Martes, 14 de septiembre de 2021
página 12
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
b) Programa o serie de programas de información emitidos en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
c) Programa o serie de programas de entretenimiento emitidos en televisión local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde ver o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
d) Programa o serie de programas de entretenimiento emitidos en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
e) Información local y de proximidad en formato web. Las personas o entidades
participantes deberán indicar la dirección URL y acompañar una breve descripción del
sitio. La Consejería competente en materia de comunicación social se reserva el derecho
de solicitar a los concursantes un certificado de alojamiento en la red.
f) Trayectoria informativa local y de proximidad. Las candidaturas para esta modalidad
se justificarán con una memoria de la trayectoria de la persona o entidad cuya candidatura
se presenta.
2. En cada modalidad se otorgará un premio, de acuerdo con los criterios recogidos
en el artículo 11 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
3. Las personas o entidades participantes y los trabajos presentados deberán cumplir
los requisitos contemplados en los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
4. Los trabajos que se presenten en las modalidades a), b), c), d) y e) deberán ser
originales, publicados en internet o emitidos en radio o televisión local de Andalucía
dentro del año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Partidas presupuestarias, control, cuantía y abono de los premios.
1. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria
a 24.000 € a distribuir entre las seis modalidades, a razón de 4.000 € por cada
modalidad. Los premios se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias
0100010000 G/52C/46002/00, 0100010000 G/52C/47000/00 y 0100010000 G/52C/48000/00
(Premios, Concursos y Certámenes), por un importe total de 24.000 €, o a la que
corresponda, previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona
beneficiaria.
2. En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la persona titular de la Consejería
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198186
Tercero. Beneficiarios.
1. Podrán concurrir a la convocatoria de los premios, en las modalidades a), b), c),
d) y e) del dispongo segundo.1, las personas físicas o jurídicas prestadoras del servicio
de comunicación audiovisual público o privado, así como titulares de páginas web, que
deberán acreditar su personalidad y representación. En la modalidad f) las candidaturas
podrán ser presentadas por cualquier persona o entidad interesada, ya sea a iniciativa de
las mismas o de terceras personas.
2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas
físicas conformados para la realización de los mismos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Martes, 14 de septiembre de 2021
página 12
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
b) Programa o serie de programas de información emitidos en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
c) Programa o serie de programas de entretenimiento emitidos en televisión local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde ver o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
d) Programa o serie de programas de entretenimiento emitidos en radio local. Las
personas o entidades participantes deberán indicar dirección URL donde oír o descargar
el programa o serie de programas emitidos. Asimismo, deberán aportar certificación de
la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de
su emisión.
e) Información local y de proximidad en formato web. Las personas o entidades
participantes deberán indicar la dirección URL y acompañar una breve descripción del
sitio. La Consejería competente en materia de comunicación social se reserva el derecho
de solicitar a los concursantes un certificado de alojamiento en la red.
f) Trayectoria informativa local y de proximidad. Las candidaturas para esta modalidad
se justificarán con una memoria de la trayectoria de la persona o entidad cuya candidatura
se presenta.
2. En cada modalidad se otorgará un premio, de acuerdo con los criterios recogidos
en el artículo 11 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
3. Las personas o entidades participantes y los trabajos presentados deberán cumplir
los requisitos contemplados en los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
4. Los trabajos que se presenten en las modalidades a), b), c), d) y e) deberán ser
originales, publicados en internet o emitidos en radio o televisión local de Andalucía
dentro del año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Partidas presupuestarias, control, cuantía y abono de los premios.
1. La dotación económica de los premios asciende para la presente convocatoria
a 24.000 € a distribuir entre las seis modalidades, a razón de 4.000 € por cada
modalidad. Los premios se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias
0100010000 G/52C/46002/00, 0100010000 G/52C/47000/00 y 0100010000 G/52C/48000/00
(Premios, Concursos y Certámenes), por un importe total de 24.000 €, o a la que
corresponda, previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona
beneficiaria.
2. En orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la persona titular de la Consejería
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198186
Tercero. Beneficiarios.
1. Podrán concurrir a la convocatoria de los premios, en las modalidades a), b), c),
d) y e) del dispongo segundo.1, las personas físicas o jurídicas prestadoras del servicio
de comunicación audiovisual público o privado, así como titulares de páginas web, que
deberán acreditar su personalidad y representación. En la modalidad f) las candidaturas
podrán ser presentadas por cualquier persona o entidad interesada, ya sea a iniciativa de
las mismas o de terceras personas.
2. Asimismo, también podrán concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas
físicas conformados para la realización de los mismos.