Disposiciones generales. . (2021/176-2)
Extracto de modificación de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 176 - Lunes, 13 de septiembre de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Extracto de modificación de la convocatoria de subvenciones reguladas en el
Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas
para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
El apartado séptimo del extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el
Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se
convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo
a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, publicado en el BOJA
extraordinario núm. 55, de 15 de junio, y modificado en el BOJA núm. 130, de 8 de julio,
y en el BOJA núm. 145, de 29 de julio, que determinó que «El plazo de presentación de
solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2021».
Sin embargo, con la finalidad de apoyar al mayor número posible de empresas y
personas autónomas y visto el número de solicitudes recibidas, así como la disponibilidad
presupuestaria para la línea de subvenciones, resulta aconsejable la ampliación del plazo
de presentación de solicitudes.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y
en el presente BOJA:
Única. El apartado séptimo del extracto de la convocatoria «Plazo de presentación de
solicitudes», queda redactado como sigue:
«Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria
hasta el 30 de septiembre de 2021.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo»
ROCÍO BLANCO EGUREN
00198124
Consejera de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 176 - Lunes, 13 de septiembre de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Extracto de modificación de la convocatoria de subvenciones reguladas en el
Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas
para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
El apartado séptimo del extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el
Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se
convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo
a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, publicado en el BOJA
extraordinario núm. 55, de 15 de junio, y modificado en el BOJA núm. 130, de 8 de julio,
y en el BOJA núm. 145, de 29 de julio, que determinó que «El plazo de presentación de
solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria hasta el 15 de septiembre de 2021».
Sin embargo, con la finalidad de apoyar al mayor número posible de empresas y
personas autónomas y visto el número de solicitudes recibidas, así como la disponibilidad
presupuestaria para la línea de subvenciones, resulta aconsejable la ampliación del plazo
de presentación de solicitudes.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente
modificación del extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y
en el presente BOJA:
Única. El apartado séptimo del extracto de la convocatoria «Plazo de presentación de
solicitudes», queda redactado como sigue:
«Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente a la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria
hasta el 30 de septiembre de 2021.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo»
ROCÍO BLANCO EGUREN
00198124
Consejera de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja