3. Otras disposiciones. . (2021/175-13)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Nevada (Granada).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Viernes, 10 de septiembre de 2021
página 123
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades
Locales de la bandera del municipio de Nevada (Granada).
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Nevada ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido
en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 1 de julio de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Nevada acordó, con el
quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de la
bandera municipal con la siguiente descripción:
Bandera: «Paño o bandera rectangular de proporciones 2/3. Terciada en barra.
Primero de color rojo carmesí desde el vértice inferior del asta al centro de la parte
superior del paño. Segundo, blanco. Tercero, rojo carmesí desde el vértice superior de
la batiente hasta el centro de la parte inferior del paño. Al centro, sobrepuesto el escudo
municipal.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 21 de julio de 2021, se
solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz
de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la
expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo
de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de
la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local,
R ES U ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la
bandera del municipio de Nevada (Granada), con la descripción indicada y con la imagen
que obra en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del
municipio de Nevada (Granada) en el mencionado registro, para incluir dicho símbolo
municipal.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de septiembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198084
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Viernes, 10 de septiembre de 2021
página 123
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades
Locales de la bandera del municipio de Nevada (Granada).
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Nevada ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido
en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 1 de julio de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Nevada acordó, con el
quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de la
bandera municipal con la siguiente descripción:
Bandera: «Paño o bandera rectangular de proporciones 2/3. Terciada en barra.
Primero de color rojo carmesí desde el vértice inferior del asta al centro de la parte
superior del paño. Segundo, blanco. Tercero, rojo carmesí desde el vértice superior de
la batiente hasta el centro de la parte inferior del paño. Al centro, sobrepuesto el escudo
municipal.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 21 de julio de 2021, se
solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz
de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la
expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo
de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de
la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local,
R ES U ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la
bandera del municipio de Nevada (Granada), con la descripción indicada y con la imagen
que obra en el expediente.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del
municipio de Nevada (Granada) en el mencionado registro, para incluir dicho símbolo
municipal.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de septiembre de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198084
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.