Disposiciones generales. . (2021/577-1)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se da publicidad a la Resolución de 1 de septiembre, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se adopta la medida de limitación de la libertad de circulación de personas en el municipio de Cantillana de la provincia de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 77 - Viernes, 3 de septiembre de 2021

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1. Disposiciones generales
Consejería de Salud y Familias
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Salud
y Familias en Sevilla, por la que se da publicidad a la Resolución de 1 de
septiembre, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la
que se adopta la medida de limitación de la libertad de circulación de personas
en el municipio de Cantillana de la provincia de Sevilla.
La Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla ha dictado Resolución de 1
de septiembre de 2021, por la que se adopta la medida de limitación de la libertad de
circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las las 2:00 y las 7:00 horas
de la mañana en el municipio de Cantillana (Sevilla), exceptuándose de esta limitación
las actividades establecidas en el artículo 3.2 de la Orden de la Consejería de Salud y
Familias de 7 de mayo de 2021 (en su redacción dada por la Orden de 21 de julio de 2021),
por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y
excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19
finalizado el estado de alarma.
El Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, en el recurso número 607/2021, de 3 de
septiembre de 2021, dispone que se ratifica la medida de salud pública establecida en la
Resolución de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla de 1 de septiembre
de 2021, por la que la que se acuerda la medida de limitación de la libertad de circulación
de las personas en el municipio de Cantillana (Sevilla) en horario nocturno de 2 a 7 de la
mañana en el municipio, por razones de salud pública para la contención del COVID-19.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 105/2019, de
12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Familias y del Servicio Andaluz de Salud, y el artículo 19.g) del Decreto 226/2020, de 29
de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía,
R ES U ELVO
Dar publicidad a la Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Delegación
Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se adopta la medida de limitación de
circulación de personas en el municipio de Cantillana de la provincia de Sevilla, ratificada
por el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Primera de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, en el recurso número 607/2021, de 3 de
septiembre de 2021.

00197979

Sevilla, 3 de septiembre de 2021.- La Delegada, Regina Serrano Ferrero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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