Disposiciones generales. . (2021/170-3)
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Viernes, 3 de septiembre de 2021
página 139

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ANEXO I

4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SOLICITA
SUBVENCIÓN (Continuación)
4.11. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA
4.11.1. GASTOS DE PERSONAL
4.11.1. A) GASTOS DE PERSONAL
Nº TOTAL DE Nº TOTAL DE TRABAJADORES/AS TIPO EMPLEO
TRABAJA(CONSOLIDADO/
OTROS NUEVA CREACIÓN)
DORES/AS HOMBRES MUJER

TITULACIÓN/
CATEGORIA
(ver Anexo)

Nº HORAS
Nº DE
PRESUPUESTO
SEMANALES MESES
MENSUAL
IMPUTADAS IMPUTADOS (1 TRABAJADOR/A)

TOTAL

SUBTOTAL GASTOS DE PERSONAL
4.11.1. B) GASTOS DE PERSONAL (arrendamiento de servicios):

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

CONCEPTO

TITULACIÓN/
CATEGORIA

Nº HORAS PRECIO UNITARIO/
IMPUTADAS
HORA

TOTAL

SUBTOTAL GASTOS DE PERSONAL (arrendamiento de servicios)
TOTAL GASTOS DE PERSONAL
4.11. 2. GASTOS CORRIENTES:
CONCEPTO

IMPORTE

4.11.2.1. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO (máx. 30% del importe solicitado a la CIPSC):
4.11.2.2. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
2.2.1. GASTOS GENERALES:
- Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente. Planes de prevención de riesgos
laborales y otros.
- Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades.
- Gastos de Telefonía e Internet (hasta un máximo del 20% del total de la subvención solicitada y concedida.
- Gastos de Suministros.
- Gastos necesarios de limpieza.
- Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado, con el
límite de 4 euros anuales por persona voluntaria.
- Pólizas de seguros de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las
actividades,así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
- Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades.
- Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.

- Gastos de correos y mensajería.
- Gastos de gestoría.
- Gastos de seguridad.
SUBTOTAL 2.2.1. GASTOS GENERALES

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197867

003504W

- Gastos de conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del
programa (hasta un máximo del 10% de la subvención solicitada y concedida).