Disposiciones generales. . (2021/170-3)
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Viernes, 3 de septiembre de 2021
página 93

En el ámbito territorial provincial de la Línea 11, se convocan los ámbitos funcionales
de actuación descritos en las letras A, B y C del apartado 1 de su cuadro resumen. En el
ámbito territorial autonómico de la Línea 11 se convoca el ámbito funcional de actuación
descrito en la letra D del apartado 1 de su cuadro resumen.
En aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existan dos o
más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, las citadas cuantías
máximas se distribuyen entre dichos ámbitos en los importes que se señalan en cada una
de las líneas indicadas en la presente orden de convocatoria. Esta distribución podrá ser
posteriormente modificada por parte del órgano que efectúa la convocatoria, en un acuerdo
motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes
presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquélla.
2. La presente convocatoria se circunscribe a las actuaciones cuya dotación
presupuestaria se produce con cargo a recursos de la Junta de Andalucía consignados
en los presupuestos para el ejercicio 2021, salvo en el caso de las Líneas 8, 13 y 15, para
las que se consignan créditos del ejercicio 2022, y en el caso de las Líneas 4, 11 y 16
al consignarse créditos provenientes de la Administración General del Estado para la
subvención de actuaciones en materia de Comunidad Gitana y de actuaciones en el
contexto del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores,
personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales
comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y
garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción
social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social,
en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, aprobadas
mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021).

Almería

35.711,75

Cádiz

68.166,84

Córdoba

49.033,52

Granada

54.157,40

Huelva

28.713,92

Jaén

39.237,58

Málaga

96.407,79

Sevilla

105.653,84

TOTAL

477.082,64
(Cifras en euros)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197867

Tercero. Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores.
Se destinará una cuantía máxima de 477.082,64 euros, con la siguiente distribución
territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2021: