Disposiciones generales. . (2021/170-3)
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Viernes, 3 de septiembre de 2021
página 91

1. Disposiciones generales
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se convocan subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores,
personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas
sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato
y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el
ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el
ejercicio 2021.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad,
reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad
gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria,
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de
las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones
a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto
106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía total máxima
que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que
asimismo se indican para cada línea:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)

Línea 1. Subvenciones individuales para
personas mayores.

1600010000 G/31R/48804/00 01

477.082,64

Línea 2. Subvenciones individuales para
personas con discapacidad.

1600010000 G/31R/48807/00 01

367.492,15

Línea 3. Subvenciones para la investigación
e innovación en Servicios Sociales.

1600010000 G/31G/48500/00 01
1600010000 G/31G/46501/00 01
1600010000 G/31G/44100/00 01

86.180,00
86.180,00
86.180,00
Total: 258.540,00

Línea 4. Subvenciones destinadas a
Entidades Locales Andaluzas para el
desarrollo de programas dirigidos a la
Comunidad Gitana.

1600010000 G/31G/46502/00 01
1600180000G/31G/46002/00 S0083

204.449,00
105.162,00
Total: 309.611,00

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197867

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA