Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias. . (2021/169-2)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía General y Aparato Digestivo, por el sistema de acceso libre, y se aprueba la baremación provisional de los aspirantes que se citan para ser propuestos en el listado complementario a la relación definitiva de aspirantes que superan el concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 169 - Jueves, 2 de septiembre de 2021
página 13

especialidades de Facultativo/a Especialista de Área dependientes del Servicio Andaluz
de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo,
en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para el año 2017 y la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de
Andalucía, corregida por Resolución de 25 de junio de 2019 (BOJA núm. 132 de 11 de
julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, o bien por no
haber realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido en la
Resolución de 22 de abril de 2021 (BOJA núm. 79, de 28 de abril), de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario
fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía General y
Aparato Digestivo, por el sistema de acceso libre.

Tercero. Las personas aspirantes que se citan en el Anexo II dispondrán de un plazo
de 15 días hábiles, para formular alegaciones contra la misma, contados a partir del día
siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Las alegaciones deberán presentarse a través de medios electrónicos,
debiendo formularse través de la VEC, cumplimentado el formulario electrónico
correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos
méritos que, en el momento de presentación del Autobaremo de méritos, únicamente se
hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho mérito, conforme
lo establecido en la base general 9.4, cuyo registro haya sido rechazado por el Tribunal
de Selección por causa dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la
alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo. La persona aspirante
se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma
mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados
expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
Estas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas
por medio de la resolución que modifique la relación definitiva de aspirantes que superen
el concurso-oposición, que será elevada por el correspondiente Tribunal Calificador a la
Dirección General competente en materia de Personal, ordenada por la puntuación obtenida
una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y de la fase de concurso.
La vista de expediente será satisfecha mediante el ejercicio del derecho a acceder
a través de la VEC a consultar la información y a obtener copia de los documentos
contenidos en el expediente del interesado correspondiente al proceso selectivo al que
hubiera concurrido. Dispondrán en el mismo del Informe de Baremación de Méritos
efectuada por el Tribunal Calificador, facilitándole la valoración detallada de los requisitos
y méritos alegados y acreditados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197739

Segundo. Aprobar, a propuesta del Tribunal Calificador, la baremación provisional
de los aspirantes que se citan en el Anexo II para su posible selección en el listado
complementario a la relación definitiva de aspirantes que superan el concurso oposición,
fruto de los decaimientos producidos, y que se encontrarán expuestas al público en los
tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de
las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, así como en la página
web del Servicio Andaluz de Salud
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud)
a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.