3. Otras disposiciones. . (2021/146-16)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 730
por otros que puedan incardinarse en las líneas de actuación del FCI contenida en los Presupuestos Generales del Estado, y que tengan un grado de ejecución del 100% de los créditos, ya que,
en función del nivel de obligaciones reconocidas, el Estado envía los recursos.
Esta operación no se considera una modificación presupuestaria propiamente dicha, dado que
no se modifica ni el Estado de Gastos por Programas del Presupuesto ni el Anexo de Inversiones
del mismo, sino sólo la fuente de financiación de los proyectos, es decir, no afecta a las
“inversiones o líneas y materias de actuación”. Por ello, no le resulta de aplicación lo dispuesto
en los artículos 45 a 48 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, al considerarse una alteración de proyectos entre esas inversiones.
El sistema GIRO ofrece una selección de los proyectos que cumplen los requisitos de elegibilidad.
De entre ellos son seleccionados los que van a ser incluidos en la reprogramación teniendo en
cuenta la denominación del proyecto y el programa presupuestario, así como su grado de
ejecución.
24.
Corresponde a la Dirección General de Análisis, Planificación y Política Económica, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, la programación de los citados proyectos (artículo 9.1 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y
sobre reestructuración de Consejerías), siendo competencia del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad su aprobación (artículo 26.2.c. de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía).
En el ejercicio 2019 la reprogramación de proyectos financiados con los Fondos fue aprobada
mediante Orden de 26 de noviembre de 2019 del Consejero de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad, justificándose en la no ejecución de los proyectos de inversión
inicialmente previstos.
En el cuadro nº 4 se identifican las materias a las que se han destinado los recursos, los proyectos
financiados (con indicación de las dotaciones iniciales, las modificaciones y las dotaciones finales)
y los centros encargados de su gestión. En el gráfico nº 2 se refleja el importe y el porcentaje
destinado a cada una de las materias financiadas. En los cuadros nº 5 y 6 se efectúa el mismo
desglose (dotaciones iniciales, modificaciones y dotaciones finales) para cada tipo de Fondo (Cuadro nº 5 Fondo de Compensación, cuadro nº 6 Fondo Complementario).
00196536
25.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
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por otros que puedan incardinarse en las líneas de actuación del FCI contenida en los Presupuestos Generales del Estado, y que tengan un grado de ejecución del 100% de los créditos, ya que,
en función del nivel de obligaciones reconocidas, el Estado envía los recursos.
Esta operación no se considera una modificación presupuestaria propiamente dicha, dado que
no se modifica ni el Estado de Gastos por Programas del Presupuesto ni el Anexo de Inversiones
del mismo, sino sólo la fuente de financiación de los proyectos, es decir, no afecta a las
“inversiones o líneas y materias de actuación”. Por ello, no le resulta de aplicación lo dispuesto
en los artículos 45 a 48 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, al considerarse una alteración de proyectos entre esas inversiones.
El sistema GIRO ofrece una selección de los proyectos que cumplen los requisitos de elegibilidad.
De entre ellos son seleccionados los que van a ser incluidos en la reprogramación teniendo en
cuenta la denominación del proyecto y el programa presupuestario, así como su grado de
ejecución.
24.
Corresponde a la Dirección General de Análisis, Planificación y Política Económica, de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, la programación de los citados proyectos (artículo 9.1 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y
sobre reestructuración de Consejerías), siendo competencia del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad su aprobación (artículo 26.2.c. de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía).
En el ejercicio 2019 la reprogramación de proyectos financiados con los Fondos fue aprobada
mediante Orden de 26 de noviembre de 2019 del Consejero de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad, justificándose en la no ejecución de los proyectos de inversión
inicialmente previstos.
En el cuadro nº 4 se identifican las materias a las que se han destinado los recursos, los proyectos
financiados (con indicación de las dotaciones iniciales, las modificaciones y las dotaciones finales)
y los centros encargados de su gestión. En el gráfico nº 2 se refleja el importe y el porcentaje
destinado a cada una de las materias financiadas. En los cuadros nº 5 y 6 se efectúa el mismo
desglose (dotaciones iniciales, modificaciones y dotaciones finales) para cada tipo de Fondo (Cuadro nº 5 Fondo de Compensación, cuadro nº 6 Fondo Complementario).
00196536
25.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja