Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 232

c) Por concurrir las circunstancias establecidas a continuación, serán publicados en
con una
somera indicación de su contenido y del lugar donde podrán comparecer los interesados, para el
conocimiento del contenido íntegro y constancia de tal conocimiento.
20. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones concedidas (artículo 22).
20.a) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicación establecida en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, así como de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía que el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía pueda
determinar:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinan que la publicación esté sujeta a limitaciones:Aplicación de la Orientación
sobre la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la divulgación del
documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente
de los interesados).
- Limitaciones a las que está sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos
documentos de conformidad con la Orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación: párrafo segundo del art.21.1del texto
articulado de las bases reguladoras.
20.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de
24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su
disposición final octava, así como en la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias determinantes:
- Limitaciones de la publicación:
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:
21.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).

00196223

21.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las
siguientes:
- Obtención concurrente de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales, en los términos establecidos en el artículo 24.1.f) de la Orden
de 20 de diciembre de 2019.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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