Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 219

27.- Reintegro (Artículo 28).
27.a) Causas específicas de reintegro:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
27. b) Criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos:
Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de
modo significativo al cumplimiento total, se valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención
será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos previstos, deberá
alcanzar, al menos el siguiente porcentaje:
. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo
significativo al cumplimiento total, cuando
Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar
objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe de la subvención será proporcional al volumen de las
fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación: por los conceptos subvencionables, no procede
establecer criterio alguno de graduación.
27.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: el órgano competente para resolver la concesión de la subvención.
- Instruir el procedimiento de reintegro: la persona titular de la Jefatura de Servicio correspondiente de la
Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales en el ámbito de la
provincia correspondiente u órgano superior con funciones de coordinación.
- Resolver el procedimiento de reintegro: el órgano competente para resolver la concesión de la
subvención.
28.- Régimen sancionador (Artículo 29).

00196223

Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: órgano competente para resolver la concesión de la subvención.
- Instruir el procedimiento de sancionador: la persona titular de la jefatura de Servicio competente de la
Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales en el ámbito de la
provincia correspondiente u órgano superior con funciones de coordinación.
- Resolver el procedimiento de sancionador: el órgano competente para resolver la concesión de la
subvención.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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