Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 213
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinan que la publicación esté sujeta a limitaciones: aplicación de la Orientación
sobre la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la divulgación del
documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente
de los interesados).
- Limitaciones a las que está sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos
documentos de conformidad con la Orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación: párrafo segundo del artículo 21.1 del
texto articulado de las bases reguladoras
20.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en
la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias determinantes:
- Limitaciones de la publicación:
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:
21.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).
21.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
- Obtención concurrente de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales, en los términos establecidos en el artículo 24.1.f) de la Orden
de 20 de diciembre de 2019.
- Circunstancias sobrevenidas que determinen la modificación de la valoración económica del proyecto
subvencionado con la consecuente reestructuración del presupuesto inicialmente presentado.
- Circunstancias imprevistas o que sean necesarias para el buen fin de la actuación, así como otras
circunstancias sobrevenidas que hagan necesaria la ampliación de los plazos de ejecución y justificación.
00196223
21.b) La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio
del procedimiento para modificar la resolución de concesión:
No.
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 213
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinan que la publicación esté sujeta a limitaciones: aplicación de la Orientación
sobre la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la divulgación del
documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente
de los interesados).
- Limitaciones a las que está sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos
documentos de conformidad con la Orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación: párrafo segundo del artículo 21.1 del
texto articulado de las bases reguladoras
20.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en
la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está
sujeta a las limitaciones siguientes:
- Circunstancias determinantes:
- Limitaciones de la publicación:
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:
21.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).
21.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
- Obtención concurrente de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales, en los términos establecidos en el artículo 24.1.f) de la Orden
de 20 de diciembre de 2019.
- Circunstancias sobrevenidas que determinen la modificación de la valoración económica del proyecto
subvencionado con la consecuente reestructuración del presupuesto inicialmente presentado.
- Circunstancias imprevistas o que sean necesarias para el buen fin de la actuación, así como otras
circunstancias sobrevenidas que hagan necesaria la ampliación de los plazos de ejecución y justificación.
00196223
21.b) La persona o entidad beneficiaria de la subvención puede instar del órgano concedente la iniciación de oficio
del procedimiento para modificar la resolución de concesión:
No.
Sí.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja