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Resolución de 7 de abril de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, en el t.m. de Albox. (PP. 1124/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Jueves, 29 de julio de 2021
página 158
General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias
en materia de autorizaciones eléctricas; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954; y Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
R ES U ELV E
Primero. Otorgar autorización administrativa previa y de construcción para el
establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características se citan a
continuación para la ejecución del mismo en un plazo de doce meses.
Titular: Edistribución Redes Digitales, S.L.U.
Domicilio: Paraje la Cepa 10, 04230, Húercal de Almería-Almería.
Objeto: Línea aérea de 25 kV y conexión con C.T.I. existente núm. 80818.
Línea de alta tensión:
Origen: En apoyo A955021 de la línea «Oria» de 25 kV, gestionada por E Distribución
Redes Digitales, con coordenadas aproximadas U.T.M. X=576.442 e Y=4.144.462
del Huso 30S.
Final: En apoyo A952663 de la línea «Oria» de 25 kV, gestionada por E Distribución
Redes Digitales, con coordenadas aproximadas U.T.M. X=576.775 e Y=4.144.438
del Huso 30S.
Término municipal afectado: Albox.
Tipo: Aérea de simple circuito.
Tensión de servicio en kV: 25.
Núm. de apoyos: 2.
Longitud total: 356 m.
Conductores: LARL-56
Aislamiento: Cadenas de aisladores CB-3670-EBAV de 36 kV-70kN-1005 mm.
Presupuesto: 9.370,43 €
Tercero. Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, condicionada al cumplimiento
de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. Además, se cumplirán las condiciones
técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación.
2. Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la
instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación
de la presente autorización.
3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación del Gobierno, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión
de la correspondiente autorización de explotación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189925
Segundo. Declarar en concreto de la utilidad pública del proyecto referenciado, a
los efectos de la expropiación forzosa. Esta declaración lleva implícita la necesidad de
ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea y que a
continuación se indican e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Jueves, 29 de julio de 2021
página 158
General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias
en materia de autorizaciones eléctricas; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954; y Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
R ES U ELV E
Primero. Otorgar autorización administrativa previa y de construcción para el
establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características se citan a
continuación para la ejecución del mismo en un plazo de doce meses.
Titular: Edistribución Redes Digitales, S.L.U.
Domicilio: Paraje la Cepa 10, 04230, Húercal de Almería-Almería.
Objeto: Línea aérea de 25 kV y conexión con C.T.I. existente núm. 80818.
Línea de alta tensión:
Origen: En apoyo A955021 de la línea «Oria» de 25 kV, gestionada por E Distribución
Redes Digitales, con coordenadas aproximadas U.T.M. X=576.442 e Y=4.144.462
del Huso 30S.
Final: En apoyo A952663 de la línea «Oria» de 25 kV, gestionada por E Distribución
Redes Digitales, con coordenadas aproximadas U.T.M. X=576.775 e Y=4.144.438
del Huso 30S.
Término municipal afectado: Albox.
Tipo: Aérea de simple circuito.
Tensión de servicio en kV: 25.
Núm. de apoyos: 2.
Longitud total: 356 m.
Conductores: LARL-56
Aislamiento: Cadenas de aisladores CB-3670-EBAV de 36 kV-70kN-1005 mm.
Presupuesto: 9.370,43 €
Tercero. Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, condicionada al cumplimiento
de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. Además, se cumplirán las condiciones
técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación.
2. Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la
instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación
de la presente autorización.
3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación del Gobierno, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión
de la correspondiente autorización de explotación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189925
Segundo. Declarar en concreto de la utilidad pública del proyecto referenciado, a
los efectos de la expropiación forzosa. Esta declaración lleva implícita la necesidad de
ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea y que a
continuación se indican e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.