Disposiciones generales. . (2021/143-3)
Resolución de 21 de julio de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan para el año 2021, las ayudas previstas en la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 153

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ANEXO I

CATEGORÍA DE LOS BIENES MUEBLES OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Indicar el tipo de patrimonio y la tipología del bien, conforme al artículo 1.3 de las bases reguladoras.
NÚMERO DE FICHAS DE INVENTARIOS
Conforme a las bases reguladoras se estima un importe máximo de 15.000 € para 210 fichas.
TITULARIDAD DEL BIEN
Indicar la titularidad del bien de acuerdo con documento público suscrito por un tercero que lo acredite con un título válido en derecho. En la casilla de Identificación,
indicar el titular del bien.
8. DATOS SOBRE EL EQUIPO TÉCNICO
8.1 PERSONA RESPONSABLE TÉCNICA DE LOS TRABAJOS
Es la persona que redacta y suscribe el informe técnico que acompaña la solicitud, ejecuta al menos el 50% de los trabajos (salvo que el equipo técnico sea superior a tres
miembros), coordina el equipo técnico durante todo el proceso y redacta la memoria final de las actuaciones.
Deberá poseer alguna de estas titulaciones:
- Licenciatura, Grado o Máster en Historia del Arte, Historia o Humanidades.
8.2 OTROS MIEMBROS DEL EQUIPO TÉCNICO
El equipo técnico lo conforman la persona responsable técnica de los trabajos junto a otros profesionales que contribuyen de manera significativa y continuada al óptimo
planteamiento, desarrollo y finalización de la propuesta.
Se requiere:
- Profesional con experiencia acreditada en fotografía de documentación gráfica de patrimonio cultural (obligatorio).
- Otras titulaciones distintas que estén relacionadas con los objetos del proyecto (opcional).
9. OTROS DATOS TÉCNICOS
9.1 PLAZO DE EJECUCIÓN
Doce meses máximo desde la publicación de la resolución definitiva de concesión de la subvención. Dicho plazo debe coincidir con el que se indica en el informe. En caso
de discrepancia prevalecerá el de la solicitud.
9.2 ESTRUCTURA DEL INFORME TÉCNICO
Es obligatorio adjuntar Informe Técnico conforme a la estructura que se indica en el presente formulario. Deberá tener un formato adecuado que permita su valoración. No
hay que aportar ninguna otra documentación junto al formulario de solicitud.
10. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA SOLICITUD
A título informativo se indican los criterios a valorar en relación al bien mueble, al informe técnico y al equipo técnico. Tener en cuenta la puntuación mínima exigida en
los apartados relativos al bien mueble e informe técnico para poder obtener la condición de beneficiaria provisional o suplente.
11. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
Deberá declarar que son ciertos cuantos datos figuran en el presente formulario y en la documentación que adjunta, solicitar la subvención y firmar el formulario.

00196275

003046/1W

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

7. DATOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja