Disposiciones generales. . (2021/143-2)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 68
(Página 8 de 12 )
ANEXO III
2. FICHA SOBRE LA REFORMULACIÓN DEL PROGRAMA (Continuación)
2.8. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA REFORMULADO
2.8.1. A) GASTOS DE PERSONAL
Nº TOTAL DE Nº TOTAL DE TRABAJADORES/AS TIPO EMPLEO
Nº HORAS
PRESUPUESTO
TRABAJA(CONSOLIDADO/ TITULACIÓN/ SEMANALES Nº DE MESES
MENSUAL
OTROS NUEVA CREACIÓN) CATEGORIA IMPUTADAS IMPUTADOS (1 TRABAJADOR)
DORES/AS HOMBRES MUJER
TOTAL
SUBTOTAL PERSONAL
2.8.1. B) GASTOS DE PERSONAL (arrendamiento de servicios):
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
CONCEPTO
TITULACIÓN/
CATEGORIA
Nº HORAS PRECIO UNITARIO/
IMPUTADAS
HORA
TOTAL
SUBTOTAL PERSONAL (arrendamiento de servicios)
TOTAL PERSONAL
2.8. 2. GASTOS CORRIENTES:
CONCEPTO
IMPORTE
A. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO (máx. 10% del importe solicitado a la CIPSC):
B. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
B1. GASTOS GENERALES:
- Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente (planes de prevención de riesgos
laborales y otros)
- Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles.
- Telefonía e Internet (hasta un máximo del 10% del importe solicitado a la CIPSC):
- Suministros.
- Correos y mensajería.
- Material fungible.
- Material de reprografía.
- Gestoría.
- Limpieza y seguridad.
- Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades.
- Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.
- Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado (máx. 4
euros anuales por persona voluntaria).
- Pólizas del seguro de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las
actividades, así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
SUBTOTAL B.1.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196291
003482/A03W
- Conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del programa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 68
(Página 8 de 12 )
ANEXO III
2. FICHA SOBRE LA REFORMULACIÓN DEL PROGRAMA (Continuación)
2.8. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA REFORMULADO
2.8.1. A) GASTOS DE PERSONAL
Nº TOTAL DE Nº TOTAL DE TRABAJADORES/AS TIPO EMPLEO
Nº HORAS
PRESUPUESTO
TRABAJA(CONSOLIDADO/ TITULACIÓN/ SEMANALES Nº DE MESES
MENSUAL
OTROS NUEVA CREACIÓN) CATEGORIA IMPUTADAS IMPUTADOS (1 TRABAJADOR)
DORES/AS HOMBRES MUJER
TOTAL
SUBTOTAL PERSONAL
2.8.1. B) GASTOS DE PERSONAL (arrendamiento de servicios):
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
CONCEPTO
TITULACIÓN/
CATEGORIA
Nº HORAS PRECIO UNITARIO/
IMPUTADAS
HORA
TOTAL
SUBTOTAL PERSONAL (arrendamiento de servicios)
TOTAL PERSONAL
2.8. 2. GASTOS CORRIENTES:
CONCEPTO
IMPORTE
A. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO (máx. 10% del importe solicitado a la CIPSC):
B. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
B1. GASTOS GENERALES:
- Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente (planes de prevención de riesgos
laborales y otros)
- Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles.
- Telefonía e Internet (hasta un máximo del 10% del importe solicitado a la CIPSC):
- Suministros.
- Correos y mensajería.
- Material fungible.
- Material de reprografía.
- Gestoría.
- Limpieza y seguridad.
- Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades.
- Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.
- Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado (máx. 4
euros anuales por persona voluntaria).
- Pólizas del seguro de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las
actividades, así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
SUBTOTAL B.1.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196291
003482/A03W
- Conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del programa.