Disposiciones generales. . (2021/143-2)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 18

DISPONGO

Denominación de la línea
Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades
privadas para la realización de programas de interés
general para atender fines sociales con cargo a la
asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas.
Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades
privadas para proyectos de inversión con fines
sociales en materia de obras con cargo a la
asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas.
Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades
privadas para proyectos de inversión con fines
sociales en materia de equipamientos y vehículos
adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo
a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cuantía máxima
(euros)

Posiciones presupuestarias

36.612.225,61

1600180000 G/32E/48536/00 S0668

6.501.308,40

1600180000 G/32E/78536/00 S0668

1.695.477,85

1600180000 G/32E/78536/00 S0668

2. La presente convocatoria se financia en su totalidad con crédito finalista del Estado,
derivado de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (fondo S0668).
3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
4. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, para las citadas líneas de
subvenciones, además de la cuantía total máxima indicada en la presente convocatoria
se podrá disponer de una cuantía adicional máxima por la diferencia entre el importe
actualmente disponible y el importe finalmente resultante de la distribución de la asignación
tributaria con cargo al 0,7% del IRPF que lleve a cabo el Consejo Territorial de Servicios
Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia; la aplicación
de esta cuantía adicional a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva
convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración
de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que
proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de
la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación
de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para dictar y notificar la
resolución.
5. Además, los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del mencionado Decreto
282/2010, de 4 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00196291

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las tres líneas de subvenciones reguladas en el marco
de la Orden de 9 de junio de 2021, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y con
cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea: