3. Otras disposiciones. . (2021/141-14)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Granada, por la que se acuerda la necesidad de ocupación de bienes y derechos a efectos de expropiación forzosa para la concesión minera Minas de Alquife situado en el término municipal de Alquife. (PP. 2226/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 141 - Viernes, 23 de julio de 2021
página 151

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento
y Universidades en Granada, por la que se acuerda la necesidad de ocupación de
bienes y derechos a efectos de expropiación forzosa para la concesión minera
Minas de Alquife situado en el término municipal de Alquife. (PP. 2226/2021).
Examinado el expediente de referencia y considerados los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1. Por Minas del Alquife, S.L.U., presentó petición de declaración de utilidad pública
y necesidad de ocupación de una, que ante la imposibilidad de llegar a acuerdo con los
propietarios afectados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de
Expropiación Forzosa, la entidad beneficiaría, formuló relación concreta e individualizada,
en la que se describen los aspectos material y jurídico, los bienes o derechos que
considera de necesaria expropiación:
Edificación aislada de dos plantas, 223,04 m² construidos, en una parcela de suelo
no urbanizable de 168 m² de suelo, con referencia catastral: 001600100VG91E0001YL,
propiedad del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
2. Consta en el expediente informe favorable a la necesidad de ocupación vinculada
a las labores mineras amparadas en las concesiones de explotación del grupo minero
«Minas del Marquesado», en especial, la concesión «la oportunidad» con número de
registro 12827 y plan de labores del año 2021 ubicado en el entorno de la «corta 66».
3. Consta en el expediente intento de acuerdo previo con el titular de la finca.
4. La solicitud anterior fue sometida al trámite de información pública, publicándose
en el BOE de 30.4.2021, BOJA de 17.5.2021, en el BOP de la provincia de Granada de
19.5.2021, en el diario Granada Hoy de 19 de mayo de 2021 y en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Alquife, así como notificación personal a los interesados.
5. En el periodo de información se ha formulado alegación por parte de don Antonio
Cuerva Cuerva, que erróneamente ubica el inmueble objeto de ocupación en otra finca,
confunde los dos últimos dígitos de la referencia catastral, por lo que no corresponde con
la parcela objeto de ocupación, como también manifiesta la beneficiaria en el trámite de
audiencia sobre la citada alegación, emitido el día 1 de junio de 2021.
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

Primero. Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el
presente expediente conforme a lo establecido en los R.D. 1091/1981, de 24 de abril, y
4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; art. 49 de la Ley
Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas; en el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por
el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería; en la Ley de 16
de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y en el Decreto de 26 de abril de 1957,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, el Decreto del
Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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