Disposiciones generales. . (2021/140-1)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa, para el curso escolar 2021/2022, la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Jueves, 22 de julio de 2021
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Segundo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se inicia de oficio, y se
tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.
2. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad será el establecido en el apartado
2.d) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
Tercero. Solicitudes.
Las solicitudes de subvención se presentarán conforme al formulario recogido en
el Anexo I de la presente convocatoria, que se podrá obtener en la siguiente dirección
electrónica: www.juntadeandalucia.es/educacion

Quinto. Requisitos.
De acuerdo con lo previsto el apartado 4.a).2.º del Cuadro Resumen de las bases
reguladoras, los centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía
sostenidos con fondos públicos, de educación especial o con planes de compensación
educativa autorizados por la Consejería competente en materia de educación,
interesados en presentar su solicitud deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Estar inscrito de alta en el Registro de centros de la Consejería competente en
materia de educación.
b) Estar acogido al régimen de concierto educativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00196072

Cuarto. Lugar y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de subvención se podrán presentar en los lugares y registros
siguientes:
En cumplimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se podrán presentar únicamente
en formato electrónico, en los lugares y registros siguientes:
- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a
través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
- En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para utilizar el medio de presentación electrónico se deberá disponer de un
certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios
de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía.
La relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos
reconoce la Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la siguiente
dirección electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/ae/ae/adminelec/ecoop/
prestadoresservicios
Igualmente se podrán utilizar, a efectos de identificación y firma de las personas interesadas
en el procedimiento, los sistemas previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
3. El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 15 de septiembre de 2021.
Si durante el citado plazo se presentan varias solicitudes para un mismo centro, se
considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.
4. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo
establecido en el párrafo anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá
ser notificada a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y 41 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Las solicitudes se dirigirán a la Directora General de Atención a la Diversidad,
Participación y Convivencia Escolar.