Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/139-6)
Resolución de 15 de julio 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado incluido en el listado complementario a la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales, de la Junta de Andalucía (A1.1100).
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Miércoles, 21 de julio de 2021
página 84

de la dirección https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico, haciéndolo constar en
el apartado «Acceso promoción interna: puestos de doble adscripción desempeñados
con carácter definitivo» del modelo de formulario de petición de destinos, que se publica
como Anexo II de la presente resolución.
b) El día 29 de julio de 2021, para el personal aspirante que pudiendo optar a ocupar
el mismo puesto no lo comunicara en la fecha fijada en la letra anterior, se publicará en la
web del empleado público el listado en el que, atendiendo al orden de puntuación obtenido
en el proceso selectivo, se determinará la fecha y la hora a la que deberán comparecer,
así como las indicaciones para asistir al acto, que serán de obligado cumplimiento.
En la comparecencia, el personal aspirante, deberá acudir provisto de la petición de
destino, conforme al modelo de formulario que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente cumplimentado y firmado, así como de la documentación
relacionada en el apartado 4 de la base octava de la resolución de convocatoria.

Tercero. 1. La declaración jurada o promesa así como la declaración responsable
de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo y opción a que se aspira a las que hacen referencia, respectivamente, las letras
c) y d) del apartado 4, contenido en la base octava de la resolución de convocatoria,
deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente
resolución.
2. Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar el correspondiente
certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía,
o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad
para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo, Especialidad u Opción
a que se aspira.
3. El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular
«Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente Declaración
Responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos establecidos
en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de la presente
resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el
Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto en el
formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no autoriza
la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano, que será
presentada obligatoriamente junto con la petición de destino.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal aspirante que
tuviera la condición de funcionario de carrera y aquellos otros que estuvieran prestando
servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar documentalmente
las condiciones y los requisitos ya acreditados, siempre que hubieran sido inscritos
en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario
de carrera de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del
organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten
en su expediente personal, siempre que de lo consignado en el mismo, se evidencie el
cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, Especialidad u opción
a que se aspira, requiriéndose, en caso contrario, su acreditación documental.
Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las
respectivas pruebas, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195994

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta
Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente
resolución.