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Resolución de 15 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 139 - Miércoles, 21 de julio de 2021
página 213

Quinto. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las bases
reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se relacionan
en los anexos que acompañan a la presente propuesta.
Sexto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en los anexos
adjuntos y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes
cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con la base quinta
del mismo texto normativo.
Séptimo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13
de abril de 2020, sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período
de alarma, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único
procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite,
incluyéndose los datos de cada beneficiario en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los subsiguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre), por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de
especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el alquiler convocadas por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Segundo. La competencia para realizar la presente resolución corresponde a esta
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura
y Patrimonio Histórico por delegación, de acuerdo con las Bases Decimoprimera y
Decimosexta de las bases reguladoras, y en relación con el Decreto 107/2019, de 12
de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 31, de 14 de febrero); así como
el Decreto 342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero
(BOJA núm. 28, de 11 de febrero), por el que se regula la organización territorial provincial
de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. El Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas
administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en su disposición
final tercera modifica la citada Orden de 17 de octubre de 2018, en su apartado 1 de la
base reguladora decimoséptima, que queda redactado como sigue:
«1. Las notificaciones se cursarán mediante publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, surtiendo los mismos efectos que la notificación individual. De
dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica
o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las
solicitudes presentadas.»
Quinto. Acuerdo del Consejo de la Junta de Andalucía de 26 de marzo de 2020 por
el que se adoptan mediadas urgentes y excepcionales en el ámbito de control interno
de la gestión económica-financiera atribuido a la Intervención General de la Junta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.