Disposiciones generales. . (2021/139-2)
Orden de 14 de julio de 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Miércoles, 21 de julio de 2021
página 57

1. Disposiciones generales
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Orden de 14 de julio de 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de junio
de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento
de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias
de Andalucía.

El sector agroalimentario, en aras de alcanzar el dimensionamiento adecuado a través del
desarrollo de nuevas estructuras que le permitan superar el fenómeno de la atomización
del sector productor y la pequeña dimensión de las entidades que los agrupan, está
haciendo grandes esfuerzos por conseguir formar figuras organizativas de cooperación
empresarial al objeto de aumentar el tamaño de estas entidades y su ámbito de actuación,
constituyendo ello una estrategia básica para el sector.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, muy
comprometida con estos objetivos, desarrolló dos líneas de fomento del cooperativismo,
una por la vía de la integración de entidades en otras de mayor dimensión y otra por
la vía de la fusión de entidades, bien por absorción o por la constitución de una nueva
entidad, lo que se plasmó en última instancia en la núm. de 30 de junio de 2020, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión
de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
La experiencia adquirida en su aplicación ha puesto de manifiesto la conveniencia
de su modificación para la adecuación de los mecanismos de las dos líneas de apoyo
establecidas a la pluralidad y casuística del Sector agroalimentario. En la Línea 1:
Ayudas para el impulso y la promoción de la integración de las entidades asociativas
agroalimentarias de Andalucía, considerando la dificultad que está suponiendo en este
largo período de pandemia la consecución de los proceso de integración y la necesaria
convocatoria de los órganos decisorios de las entidades que participan en el proceso, se ha
introducido la posibilidad de que entidades que hayan realizado su proceso de integración
en el período comprendido entre la finalización del plazo de la última convocatoria de
esta línea de ayudas y la apertura de la nueva convocatoria puedan acceder al mismo
apoyo económico que las que lleven a cabo su proceso de integración durante el período
de ejecución de la subvención. Asimismo, y dado que el procedimiento de integración
consta de varios pasos, se ha introducido en la norma la concreción del momento en el
que se considera iniciado el compromiso de gasto para la entidad integrante a los efectos
de la primera aportación al capital social, lo que determinará además el momento de la
integración.
Por último, en esta Línea se han incorporado los cambios necesarios para mejorar
lo regulado cuando se solicita la ayuda para la integración de una Sección de producto
agroalimentario que no constituye la actividad principal de la entidad solicitante, incluyendo
de forma expresa que la misma deba constar inscrita en el registro correspondiente.
Sobre las distintas secciones de las entidades asociativas, se ha tenido en consideración
las características del proceso de producción de aceite de orujo de oliva, derivado de la
primera trasformación de la aceituna en aceite de oliva virgen, de forma que una entidad
productora de aceite de oliva (almazara), en base a esa actividad, pueda incorporarse a
una entidad integradora con Sección de Extractora de aceite de orujo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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