3. Otras disposiciones. . (2021/138-17)
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de desistimiento de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31.10.2008), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19.10.2018).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Martes, 20 de julio de 2021
página 185

3. Otras disposiciones
Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
Resolución de 12 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, de desistimiento de ayudas
para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad,
con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de
2018 (BOJA núm. 211, de 31.10.2008), y reguladas por Orden de 17 de octubre
de 2018 (BOJA núm. 203, de 19.10.2018).
A la vista de los siguientes
HECHOS
Primero. El 17 de octubre de 2018 se aprueban las bases reguladoras para la
concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de
viviendas a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en
la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dichas bases se ven modificadas en virtud de la
disposición final tercera del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen
medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como
consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.
Segundo. Con fecha 31 de octubre de 2018 se publica en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía (BOJA núm. 203) la Orden de 30 de octubre de 2018, por la que se
convocan ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial
vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en la que se concede el plazo de un mes para la presentación de solicitudes:
del 10 de diciembre de 2018 al 9 de enero de 2019.
Tercero. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las bases
reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se relacionan
en el anexo que acompaña a la presente propuesta.
Cuarto. Examinadas las mencionadas solicitudes y realizadas las verificaciones
oportunas, se comprueba que algunas de las mismas no se han cumplimentado
debidamente o no se han acompañado de la documentación exigida, por lo que se
les requiere para que subsanen su solicitud o aporten la documentación exigida, con
la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendría por desistidos de su solicitud,
concediéndose a tal efecto un plazo de diez días hábiles, conforme a la base reguladora
decimoquinta.

Sexto. Realizadas las verificaciones y comprobaciones oportunas, y teniendo en
cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa preceptiva,
con fecha 9 de julio de 2021 se dicta por el órgano instructor propuesta de resolución en
la que se propone tener por desistidas las solicitudes referenciadas en el anexo adjunto,
procediendo al archivo de sus expedientes por no tener lugar la oportuna subsanación de
la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195907

Quinto. Habiendo transcurrido suficientemente el referido plazo, consta que en los
expedientes relacionados en el anexo adjunto no se han subsanado todos y cada uno de
los defectos indicados en dicho requerimiento.