4. Administración de justicia. . (2021/138-19)
Edicto de 3 de mayo de 2021, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, dimanante de autos núm. 986/2016. (PP. 2213/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Martes, 20 de julio de 2021
página 196

la codemandada «Buildingcenter, S.A.U.» (parte representada por la Procuradora Sra.
Medina Cuadros y asistida por el Letrado Sr. García Sáenz).
F A L L O
En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha decidido:
Estimar parcialmente el recurso interpuesto contra la sentencia dictada en el asunto
a que se refiere el rollo de Sala, dictada por el/la Ilmo./a. Sr./a. Magistrado/a-Juez/a
del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Huelva, que se revoca en el sentido de
desestimarse íntegramente la demanda, sin efectuarse imposición de las costas procesales
devengadas en primera instancia, como tampoco de las devengadas por mor del recurso,
acordando al tiempo la devolución del depósito constituido para recurrir.
Notifíquese a las partes con indicación de la necesidad de constitución de depósito en
caso de recurrirse la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en la disposición
adicional 15.ª de la LOPJ, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final decimosexta
de la LEC, contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo,
que debe interponerse en el plazo de veinte días ante esta Audiencia, si concurre la
causa prevista en el apartado tercero del número dos del art. 477 de la LEC, y también
podrá interponerse conjuntamente con el recurso de casación recurso extraordinario por
infracción procesal previsto en los arts. 468 y siguientes de la LEC ante el mismo Tribunal.
Remítanse las actuaciones originales al Juzgado de su procedencia, con certificación
de la presente y despacho para su cumplimiento y efectos oportunos.
Así, por nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de Sala, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de Juanmas Tapas,
S.L., se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo conforme
establece el artículo 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la
publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme a
la solicitud de la parte apelante.
En Huelva, a tres de mayo de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de
Justicia.

00195676

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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