Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/137-6)
Resolución de 16 de junio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral especial de duración determinada a tiempo parcial.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Lunes, 19 de julio de 2021
página 123

aplicables a los apartados 2.6, 2.7, 2.8, 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 del baremo y que han de ser
aprobados por Consejo de Departamento.

6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración de los contratos de trabajo será la indicada para cada plaza en el
Anexo I y como máximo hasta la finalización del primero o segundo cuatrimestre según
corresponda.
6.2. En cumplimiento de la normativa vigente, la persona propuesta será contratada
con dedicación a tiempo parcial de 6 horas semanales, correspondiendo a 3 horas
semanales de docencia teórica y 3 horas semanales de tutoría y asistencia al alumnado.
6.3. Según lo dispuesto en la normativa vigente, la dedicación horaria del Profesorado
Asociado de Ciencias de la Salud será la siguiente:
- Dedicación a Docencia Teórica y Seminarios: se podrán encomendar hasta un
máximo de 0,75 créditos mensuales. Esta actividad no podrá superar los máximos
horarios indicados en el apartado anterior.
- Dedicación Asistencial y Docencia Práctica Clínica: el resto de las horas de la
jornada semanal legalmente establecida se dedicará a la actividad asistencial en la que
quedarán incluidas las horas de docencia práctica.
6.4. Las tareas a realizar por la persona contratada serán principalmente las que se
relacionan a continuación:
- Participar en la impartición de clases teóricas y seminarios/talleres teóricoprácticos, etc. correspondientes a la/s asignatura/s que se detallan en el Anexo I para la
correspondiente plaza convocada.
- Participar en el diseño de las actividades de docencia práctico-clínica de las
asignaturas.
- Participar en las tareas de evaluación previstas para dichas asignaturas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195888

5. Comisión de Contratación.
5.1. El concurso será enjuiciado y resuelto por la Comisión de Contratación de la
Universidad de Cádiz cuya composición es la siguiente:
a) El Rector o persona en quien delegue.
b) El Director de Departamento en el que haya de realizar sus actividades el aspirante
elegido o miembro del profesorado del ámbito de conocimiento implicado en quien
delegue.
c) El Decano o Director de la Escuela o persona en quien deleguen, y
d) Seis profesores doctores con vinculación permanente, de los cuales uno de ellos
tendrá vinculación laboral con la Universidad.
e) Asimismo, asistirán a la Comisión de Contratación, con voz pero sin voto, alguno de
los Directores de Secretariado o Directores Generales dependientes del Vicerrectorado
competente, como Secretario de la Comisión; un funcionario del Área de Personal como
Secretario Técnico y si así lo estima la presidencia de la Comisión, personal asesor.
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en la
página web del Área de Personal
https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/.
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de las personas que ostenten la condición de
Presidente y Secretario.