Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/136-12)
Resolución de 7 de julio de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Almería (Almería) denominado Titular del Órgano de Gestión Tributaria, clase 1.ª-23281, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Viernes, 16 de julio de 2021
página 135

del Ayuntamiento de Almería, con carácter previo a la designación, a efectos de acreditar
el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados en
el currículum.
Entrevista.
Los aspirantes podrán ser convocados, en su caso, para la realización de una
entrevista, cuya fecha, hora y lugar de realización serán publicadas en el tablón de
anuncios de la página web www.almeriaciudad.es. La entrevista, de ser el caso, podrá ser
presencial o de modo telemático. No se prevé pago alguno por el desplazamiento de los
interesados para asistencia a la entrevista.
Resolución.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde del
Ayuntamiento procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos
en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por
los aspirantes, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta
al Pleno de la Corporación y trasladando aquella a la Dirección General de Administración
Local de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de
la Junta de Andalucía y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública, para la anotación en el correspondiente registro y
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato
elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria
y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto será adjudicado, salvo
que se declare desierta la convocatoria, entre los candidatos que reúnan los requisitos
exigidos en la convocatoria. En todo caso deberá quedar acreditado en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Toma de posesión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, el plazo para la toma de posesión del puesto
de trabajo será el establecido en el artículo 41 de dicho Real Decreto.

Recursos.
Las presentes bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de
la misma vinculan a la Administración y a quienes participen en la provisión del puesto
y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida
en la LPACAP. A los efectos de plazos de posibles recursos contra estas bases, será
determinante la fecha de publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195669

Normativa supletoria.
Para todo lo que no prevean estas bases, será de aplicación el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, el Capítulo III del Título III del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General
del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.