3. Otras disposiciones. . (2021/136-24)
Orden de 30 de junio de 2021, por la que se resuelve favorablemente la tramitación de la solicitud de aprobación de la modificación que no se considera menor del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Los Pedroches».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Viernes, 16 de julio de 2021
página 220

del pliego de condiciones en la que se ha basado esta decisión, que pueden consultarse
en las siguientes direcciones electrónicas:
https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/SolMod_LosPedroches.pdf
https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Pliego_modificado_Los_Pedroches.pdf
o bien, accediendo directamente a la página de inicio de la web de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
(https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible.html)
siguiendo la siguiente ruta de acceso: «Áreas de actividad» / «Industrias, Innovación
y Cadena Agroalimentaria» / «Calidad» / «Denominaciones de Calidad» / «Jamones y
Paletas», y el pliego se pueden encontrar bajo el nombre de la denominación de calidad.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden, y expresamente, el Anexo II de la Orden
de 6 de junio de 2012, por la que se aprueba el Reglamento del Consejo Regulador de la
Denominación de Origen Protegida «Los Pedroches» con la entrada en vigor del pliego
de condiciones modificado.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
El pliego de condiciones modificado entrará en vigor con la aprobación de la solicitud
por la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 53.2 del Reglamento (UE)
núm. 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.
Contra la presente orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer
directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este
orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación
de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sevilla, 30 de junio de 2021
CARMEN CRESPO DÍAZ

00195608

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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