5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/135-28)
Anuncio de 1 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, sobre el pago de expedientes de Expropiación Forzosa que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 365

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
Anuncio de 1 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio en Almería, sobre el pago de expedientes de
Expropiación Forzosa que se cita.

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería. También deberán aportar
fotocopia de dicho Poder así como fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF, y copia compulsada de
la Escritura de Constituación, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberá portar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado Bancario original con el sello original de la Entidad Bancaria, con el
IBAN y con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de
los beneficiarios de dicho pago.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195437

Aprobado el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de
la obra que se detalla, en el término municipal de Huércal-Overa, y una vez hecho efectivo
el libramiento para los pagos, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los
titulares de derechos en el expediente de expropiación que se señala, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de
la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificado por disposición
adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que les corresponden mediante transferencia
bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 194, y los artículos
52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el
funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria,
habrán de presentar en un plazo de 15 días, desd que se haga efectiva la notificación, la
documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, comunicándose a estos efectos que el Registro Electrónico
único de la Junta de Andalucía está accesible en la siguiente sede electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
servicios.html