Disposiciones generales. . (2021/134-1)
Resolución de 7 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Miércoles, 14 de julio de 2021
página 39
- Proyectos que contemplen actuaciones de intervención directa relacionados con
otros ámbitos de la salud: de 3 a 4 puntos.
- Proyectos que contemplen actuaciones de campañas, sensibilización y/o divulgación,
relacionados con otros ámbitos de la salud: de 0 a 2 puntos.
2. CRITERIOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS (máximo 50 puntos).
2.1. Contenido Técnico del Proyecto (máximo 18 puntos).
2.1.a) Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades
reales que pretende abordar el proyecto: de 0 a 4 puntos.
- La entidad aporta información suficiente que justifica la necesidad de la intervención
en relación a la situación y circunstancias de los destinatarios: de 3 a 4 puntos.
- La información aportada por la entidad no justifica suficientemente la necesidad de
intervención: de 0 a 2 puntos.
2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto: de 0 a 4 puntos.
- Los objetivos se definen adecuadamente diferenciando entre objetivos generales y
operativos: de 3 a 4 puntos.
- Los objetivos están definidos de manera genérica y poco operativa: de 0 a 2 puntos.
2.1.c) Número de jóvenes beneficiarios: de 0 a 4 puntos.
- Se ponderará en función del número de destinatarios, el ámbito territorial del proyecto
y la tipología de la actividad.
Proyectos de sensibilización, campañas y/o divulgación, prestación de servicios o
participación pasiva en eventos.
Proyectos de ámbito regional:
Más de 5.000: 4 puntos.
De 5.000 a 2.501: 3 puntos.
De 2.500 a 1.000: 2 puntos.
Menos de 1.000: 1 punto.
Proyectos de ámbito provincial:
Más de 500: 4 puntos.
De 500 a 251: 3 puntos.
De 250 a 100: 2 puntos.
Menos de 100: 1 punto.
2.1.d) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para la
consecución de los objetivos del proyecto (de 0 a 6 puntos).
- En la información facilitada por la entidad se detallan suficientemente los recursos
materiales, técnicos y personales previstos que se adecúan a la consecución de los
objetivos previstos, y en el desarrollo y ejecución del proyecto se tiene previsto el uso
de las redes sociales en algunas de las distintas fases de desarrollo (antes, durante y/o
después): de 4 a 6 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195654
Proyectos con participación directa de los beneficiarios.
Proyectos de ámbito regional:
Más de 250: 4 puntos.
De 250 a 151: 3 puntos
De 150 a 51: 2 puntos
50 ó menos: 1 punto.
Proyectos de ámbito provincial:
Más de 75: 4 puntos.
De 75 a 51: 3 puntos.
De 50 a 13: 2 puntos.
12 ó menos: 1 punto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Miércoles, 14 de julio de 2021
página 39
- Proyectos que contemplen actuaciones de intervención directa relacionados con
otros ámbitos de la salud: de 3 a 4 puntos.
- Proyectos que contemplen actuaciones de campañas, sensibilización y/o divulgación,
relacionados con otros ámbitos de la salud: de 0 a 2 puntos.
2. CRITERIOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS (máximo 50 puntos).
2.1. Contenido Técnico del Proyecto (máximo 18 puntos).
2.1.a) Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades
reales que pretende abordar el proyecto: de 0 a 4 puntos.
- La entidad aporta información suficiente que justifica la necesidad de la intervención
en relación a la situación y circunstancias de los destinatarios: de 3 a 4 puntos.
- La información aportada por la entidad no justifica suficientemente la necesidad de
intervención: de 0 a 2 puntos.
2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto: de 0 a 4 puntos.
- Los objetivos se definen adecuadamente diferenciando entre objetivos generales y
operativos: de 3 a 4 puntos.
- Los objetivos están definidos de manera genérica y poco operativa: de 0 a 2 puntos.
2.1.c) Número de jóvenes beneficiarios: de 0 a 4 puntos.
- Se ponderará en función del número de destinatarios, el ámbito territorial del proyecto
y la tipología de la actividad.
Proyectos de sensibilización, campañas y/o divulgación, prestación de servicios o
participación pasiva en eventos.
Proyectos de ámbito regional:
Más de 5.000: 4 puntos.
De 5.000 a 2.501: 3 puntos.
De 2.500 a 1.000: 2 puntos.
Menos de 1.000: 1 punto.
Proyectos de ámbito provincial:
Más de 500: 4 puntos.
De 500 a 251: 3 puntos.
De 250 a 100: 2 puntos.
Menos de 100: 1 punto.
2.1.d) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para la
consecución de los objetivos del proyecto (de 0 a 6 puntos).
- En la información facilitada por la entidad se detallan suficientemente los recursos
materiales, técnicos y personales previstos que se adecúan a la consecución de los
objetivos previstos, y en el desarrollo y ejecución del proyecto se tiene previsto el uso
de las redes sociales en algunas de las distintas fases de desarrollo (antes, durante y/o
después): de 4 a 6 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195654
Proyectos con participación directa de los beneficiarios.
Proyectos de ámbito regional:
Más de 250: 4 puntos.
De 250 a 151: 3 puntos
De 150 a 51: 2 puntos
50 ó menos: 1 punto.
Proyectos de ámbito provincial:
Más de 75: 4 puntos.
De 75 a 51: 3 puntos.
De 50 a 13: 2 puntos.
12 ó menos: 1 punto.