Disposiciones generales. . (2021/133-1)
Decreto 183/2021, de 22 de junio, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH, S.A., instalación de almacenamiento de Sevilla (Sevilla); Fitotrans, S.A.U., en Carrión de los Céspedes (Sevilla); Naturgy, Almacenamientos Andalucía, S.A. (Marismas III y Rincón I), en Almonte (Huelva); SEVITRADE, S.L., en Sevilla (Sevilla); Polígono Industrial Nuevo Puerto, en Palos de la Frontera (Huelva), y Polígono Industrial Muelle de la Cabezuela, en Puerto Real (Cádiz).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
JUNTA DE ANDALUCIA
página 61
Delegación del Gobierno- SEVILLA
Servicio de Protección Civil
13. PLANES DE ACTUACIÓN MUNICIPAL.
Los planes de actuación municipal se basarán en las directrices del PEE, en cuanto a la identificación del riesgo,
análisis de consecuencias, zonas objeto de planificación, medidas de protección a la población y actuaciones
previstas. Estos planes forman parte del PEE y deberán ser homologados por la Comisión de Protección Civil de
Andalucía.
El Plan de Actuación Municipal se adaptará a las características específicas de cada municipio en lo que respecta a
demografía, urbanismo, topografía y aspectos socioeconómicos.
El principal objeto del Plan será el de protección e información a la población.
13.1. FUNCIONES BÁSICAS.
Las actuaciones fundamentales que debe desarrollar el Plan de Actuación Municipal ante el riesgo de accidentes
graves en los que intervienen sustancias peligrosas son las siguientes:
-
Apoyo e integración en su caso en los Grupos Operativos previstos en el PEE.
-
Colaboración en la puesta en marcha de las medidas de protección a la población en el marco del PEE y
bajo la dirección de éste.
-
Colaboración en la aplicación del sistema de avisos a la población a requerimiento de la Dirección del Plan
y bajo la dirección de ésta.
-
Colaboración en la difusión y divulgación entre la población afectada del PEE.
13.2. CONTENIDO MÍNIMO DE LOS PLANES DE ACTUACIÓN MUNICIPAL.
Recogiendo los puntos del apartado anterior sobre las funciones básicas del Plan de Actuación Municipal, se
establece el siguiente contenido mínimo que ha de incluir el Plan para que sea eficaz y operativo, sin perjuicio de
otras actuaciones a desarrollar, que por las características del territorio afectado o por la tipología del accidente,
puedan preverse.
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Objetivos y justificación del Plan en el contexto de la planificación local y de los PEE.
1.2. Marco legislativo y desarrollo del proceso de elaboración, aprobación y homologación.
2. DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
2.1. Características geofísicas.
PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR ANTE EL RIESGO DE ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVIENEN SUSTANCIAS PELIGROSAS EN 48
CLH SEVILLA, EN SEVILLA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194583
2.2. Estructura urbanística/ Demografía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
JUNTA DE ANDALUCIA
página 61
Delegación del Gobierno- SEVILLA
Servicio de Protección Civil
13. PLANES DE ACTUACIÓN MUNICIPAL.
Los planes de actuación municipal se basarán en las directrices del PEE, en cuanto a la identificación del riesgo,
análisis de consecuencias, zonas objeto de planificación, medidas de protección a la población y actuaciones
previstas. Estos planes forman parte del PEE y deberán ser homologados por la Comisión de Protección Civil de
Andalucía.
El Plan de Actuación Municipal se adaptará a las características específicas de cada municipio en lo que respecta a
demografía, urbanismo, topografía y aspectos socioeconómicos.
El principal objeto del Plan será el de protección e información a la población.
13.1. FUNCIONES BÁSICAS.
Las actuaciones fundamentales que debe desarrollar el Plan de Actuación Municipal ante el riesgo de accidentes
graves en los que intervienen sustancias peligrosas son las siguientes:
-
Apoyo e integración en su caso en los Grupos Operativos previstos en el PEE.
-
Colaboración en la puesta en marcha de las medidas de protección a la población en el marco del PEE y
bajo la dirección de éste.
-
Colaboración en la aplicación del sistema de avisos a la población a requerimiento de la Dirección del Plan
y bajo la dirección de ésta.
-
Colaboración en la difusión y divulgación entre la población afectada del PEE.
13.2. CONTENIDO MÍNIMO DE LOS PLANES DE ACTUACIÓN MUNICIPAL.
Recogiendo los puntos del apartado anterior sobre las funciones básicas del Plan de Actuación Municipal, se
establece el siguiente contenido mínimo que ha de incluir el Plan para que sea eficaz y operativo, sin perjuicio de
otras actuaciones a desarrollar, que por las características del territorio afectado o por la tipología del accidente,
puedan preverse.
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Objetivos y justificación del Plan en el contexto de la planificación local y de los PEE.
1.2. Marco legislativo y desarrollo del proceso de elaboración, aprobación y homologación.
2. DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
2.1. Características geofísicas.
PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR ANTE EL RIESGO DE ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVIENEN SUSTANCIAS PELIGROSAS EN 48
CLH SEVILLA, EN SEVILLA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194583
2.2. Estructura urbanística/ Demografía.