Disposiciones generales. . (2021/132-1)
Orden de 5 de julio de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en la Orden de 19 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Lunes, 12 de julio de 2021
página 16
(Página 2 de 3 )
3
ANEXO II
ALEGACIONES/ACEPTACIÓN/REFORMULACIÓN (Continuación)
ALEGO lo siguiente:
OPTO. De conformidad con lo establecido en las bases reguladoras, y habiendo resultado persona o entidad beneficiaria provisional/suplente de dos o más
subvenciones, opto por la/s siguiente/s (rellenar cuando proceda):
OTROS:
4
DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la personalidad y representación:
1. Copia del NIF de la entidad.
2. Certificación acreditativa de la condición del Alcalde o Alcaldesa, o persona que ostente la titularidad de la entidad, o que actúe por delegación como
representante legal de la misma. En este último caso deberá aportar también acreditación de la representación que ostenta.
b) Documentación relativa a la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención:
1. Ficha SIGPAC relativa a la parcela o parcelas en las que se desarrollará el proyecto de inversión.
2. Documentos acreditativos de la disponibilidad de los terrenos en los que se vaya a ejecutar la inversión.
3. Memoria descriptiva de la actividad con indicación de los objetivos, acciones a desarrollar y método de trabajo, así como calendario, programa y fecha
estimativa de realización de las actividades.
4. Cuando el objeto subvencionable consista en la ejecución de obras, deberá aportarse Proyecto Básico que podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean
obras menores, por una memoria realizada por técnico facultativo competente. Deberá incluirse la aportación del presupuesto de la inversión para la que se
solicita la subvención, con desglose de partidas y conceptos, en aquellos supuestos en que éste no se contenga en un proyecto técnico.
5. A efectos de lo establecido en el apartado 2.a) de este Cuadro Resumen, la entidad deberá presentar una memoria debidamente justificada sobre la
adecuación de las inversiones que se prevén subvencionar a los planes de desarrollo de los municipios o poblaciones de las zonas rurales y sus servicios
básicos, si existen, justificándose igualmente que las mismas son coherentes con las estrategias de desarrollo locales pertinentes.
6. En el caso de adquisición de edificaciones, se deberá aportar un certificado de tasador independiente debidamente acreditado, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 30.5 de la Ley General de Subvenciones, en el que se acredite que el precio de compra no excede el valor de mercado y en el que se
especifique el valor del suelo y de la edificación.
1. El número de habitantes de la entidad local se acreditará con la aportación por parte de la misma de certificación del Padrón municipal.
2. La ubicación de la parcela o territorio en que se va realizar la inversión en la Red Natura 2000 se acreditará con la certificación correspondiente.
3. Los avances en materia de igualdad en los últimos tres años se acreditará aportando compromiso documentado en materia de igualdad o informe de
evaluación previa de impacto de género.
4. La contribución a la seguridad se acreditará con la aportación por la entidad solicitante de informe sobre actuaciones incluidas en el proyecto que mejoren la
seguridad del destino.
002828/1/A02D
7. Acreditación del inicio de los trámites para el cumplimiento de los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido
en la Ley 7/2007, de 9 de julio, mediante la presentación de la correspondiente solicitud sobre el trámite ambiental aplicable.
c) Documentación acreditativa necesaria y/o complementaria a efectos de la justificación del cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en el apartado
12.a) del Cuadro Resumen
5. La creación del empleo se acreditará con la aportación por la entidad solicitante de informe sobre empleos al inicio de la actividad y empleos que prevé
alcanzar y/o mantener a la finalización de la inversión.
6. La contribución a la implantación de un modelo medioambientalmente sostenible se acreditará con la aportación de informe técnico sobre las medidas para
la reducción del impacto medioambiental a aplicar, o con informe técnico sobre las medidas de difusión para la conservación y reducción de impactos
ambientales en el territorio a aplicar.
00195369
(*) La condición de Municipio Turístico y la verificación del incremento del paro registrado en el Municipio, correspondiente a los apartados 15.c.6 y 15.c.8, del cuadro
resumen, se comprobará por el órgano instructor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Lunes, 12 de julio de 2021
página 16
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ANEXO II
ALEGACIONES/ACEPTACIÓN/REFORMULACIÓN (Continuación)
ALEGO lo siguiente:
OPTO. De conformidad con lo establecido en las bases reguladoras, y habiendo resultado persona o entidad beneficiaria provisional/suplente de dos o más
subvenciones, opto por la/s siguiente/s (rellenar cuando proceda):
OTROS:
4
DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
a) Documentación acreditativa de la personalidad y representación:
1. Copia del NIF de la entidad.
2. Certificación acreditativa de la condición del Alcalde o Alcaldesa, o persona que ostente la titularidad de la entidad, o que actúe por delegación como
representante legal de la misma. En este último caso deberá aportar también acreditación de la representación que ostenta.
b) Documentación relativa a la actividad o proyecto para el que se solicita la subvención:
1. Ficha SIGPAC relativa a la parcela o parcelas en las que se desarrollará el proyecto de inversión.
2. Documentos acreditativos de la disponibilidad de los terrenos en los que se vaya a ejecutar la inversión.
3. Memoria descriptiva de la actividad con indicación de los objetivos, acciones a desarrollar y método de trabajo, así como calendario, programa y fecha
estimativa de realización de las actividades.
4. Cuando el objeto subvencionable consista en la ejecución de obras, deberá aportarse Proyecto Básico que podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean
obras menores, por una memoria realizada por técnico facultativo competente. Deberá incluirse la aportación del presupuesto de la inversión para la que se
solicita la subvención, con desglose de partidas y conceptos, en aquellos supuestos en que éste no se contenga en un proyecto técnico.
5. A efectos de lo establecido en el apartado 2.a) de este Cuadro Resumen, la entidad deberá presentar una memoria debidamente justificada sobre la
adecuación de las inversiones que se prevén subvencionar a los planes de desarrollo de los municipios o poblaciones de las zonas rurales y sus servicios
básicos, si existen, justificándose igualmente que las mismas son coherentes con las estrategias de desarrollo locales pertinentes.
6. En el caso de adquisición de edificaciones, se deberá aportar un certificado de tasador independiente debidamente acreditado, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 30.5 de la Ley General de Subvenciones, en el que se acredite que el precio de compra no excede el valor de mercado y en el que se
especifique el valor del suelo y de la edificación.
1. El número de habitantes de la entidad local se acreditará con la aportación por parte de la misma de certificación del Padrón municipal.
2. La ubicación de la parcela o territorio en que se va realizar la inversión en la Red Natura 2000 se acreditará con la certificación correspondiente.
3. Los avances en materia de igualdad en los últimos tres años se acreditará aportando compromiso documentado en materia de igualdad o informe de
evaluación previa de impacto de género.
4. La contribución a la seguridad se acreditará con la aportación por la entidad solicitante de informe sobre actuaciones incluidas en el proyecto que mejoren la
seguridad del destino.
002828/1/A02D
7. Acreditación del inicio de los trámites para el cumplimiento de los requisitos ambientales a que estuviera sometida la actividad de acuerdo con lo establecido
en la Ley 7/2007, de 9 de julio, mediante la presentación de la correspondiente solicitud sobre el trámite ambiental aplicable.
c) Documentación acreditativa necesaria y/o complementaria a efectos de la justificación del cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en el apartado
12.a) del Cuadro Resumen
5. La creación del empleo se acreditará con la aportación por la entidad solicitante de informe sobre empleos al inicio de la actividad y empleos que prevé
alcanzar y/o mantener a la finalización de la inversión.
6. La contribución a la implantación de un modelo medioambientalmente sostenible se acreditará con la aportación de informe técnico sobre las medidas para
la reducción del impacto medioambiental a aplicar, o con informe técnico sobre las medidas de difusión para la conservación y reducción de impactos
ambientales en el territorio a aplicar.
00195369
(*) La condición de Municipio Turístico y la verificación del incremento del paro registrado en el Municipio, correspondiente a los apartados 15.c.6 y 15.c.8, del cuadro
resumen, se comprobará por el órgano instructor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja