3. Otras disposiciones. . (2021/132-11)
Orden de 31 de mayo de 2021, por la que se autoriza una modificación del número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil a la escuela infantil «Los Peques» de Humilladero (Málaga). (PP. 1890/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Lunes, 12 de julio de 2021
página 140

3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Deporte
Orden de 31 de mayo de 2021, por la que se autoriza una modificación del
número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil a
la escuela infantil «Los Peques» de Humilladero (Málaga). (PP. 1890/2021).
El artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil, establece que el número de puestos
escolares en los referidos centros educativos se fijará por orden de la Consejería
competente en materia de educación, teniendo en cuenta el número máximo de niños
y niñas por unidad escolar que se recoge en el artículo 14 del mencionado decreto y las
instalaciones y condiciones materiales establecidas en el mismo.
La escuela infantil «Los Peques», código 29016513, de Humilladero (Málaga), cuya
titularidad ostenta el Ilmo. Ayuntamiento de Humilladero, cuenta con autorización para 6
unidades con 82 puestos escolares.
Visto el expediente promovido por dicho Ayuntamiento para la modificación
de la capacidad de la citada escuela infantil, a propuesta de la Dirección General de
Planificación y Centros y en virtud de lo establecido en el citado artículo 15.1 del Decreto
149/2009, de 12 de mayo,
DISPONGO
Primero. Autorizar una modificación de su capacidad, en cuanto al número de
unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil, a la escuela infantil
«Los Peques» de Humilladero (Málaga), código 29016513, que quedará configurada con
4 unidades para 61 puestos escolares.
Segundo. La autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos
y administrativos desde el inicio del curso escolar 2021/2022.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de mayo de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ

00193766

Consejero de Educación y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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