3. Otras disposiciones. . (2021/131-8)
Decreto 194/2021, de 6 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y al Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 194
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
El Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales es una agencia administrativa de
las previstas en el artículo 54.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, creada mediante la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto
Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, y adscrita a la Consejería competente en
materia de seguridad y salud laboral. Los Estatutos del Instituto Andaluz de Prevención
de Riesgos Laborales fueron aprobados mediante el Decreto 34/2008, de 5 de febrero.
El Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales tiene como fines generales
fomentar la cultura preventiva en Andalucía, el análisis y estudio de las condiciones de
seguridad y salud laborales, así como la promoción y apoyo de la mejora de las mismas,
con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, a los trabajadores autónomos
y a los sectores de mayor riesgo.
Mediante el Decreto 157/2009, de 12 de mayo, por el que se modifica parcialmente
la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Empleo, se dotó al Instituto Andaluz de Prevención
de Riesgos Laborales de los puestos de trabajo inicialmente necesarios en las áreas de
fomento y planes de actuación y de promoción de la cultura preventiva. No obstante,
en dicha modificación de la relación de puestos de trabajo no se crearon los puestos
necesarios para el ejercicio de las competencias horizontales, que fueron delegadas y
que han venido siendo desarrolladas, hasta este momento, por la Secretaría General
Técnica de la Consejería de adscripción.
Por lo tanto, se procede ahora, mediante la presente modificación de la relación de
puestos de trabajo, a dotar al Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales de
una unidad administrativa con los puestos de trabajo necesarios en las áreas horizontales
de administración general, de gestión económica, de contratación administrativa y de
recursos humanos.
Asimismo, se refuerza la unidad administrativa de fomento y cultura preventiva con
tres puestos en el área de fomento y con dos puestos de trabajo para la explotación de
datos estadísticos, esenciales para el diagnóstico de la realidad preventiva en Andalucía,
y para la formación preventiva, con la adecuada formación especializada.
Por último, en la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral se procede,
mediante las operaciones de supresión y de creación, a la homogeneización de las
características de un puesto de trabajo de jefatura de unidad administrativa con las de las
restantes jefaturas de ese mismo órgano directivo central.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el
que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia
económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable
a esta modificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195413
Decreto 194/2021, de 6 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación
de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y al
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 194
3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
El Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales es una agencia administrativa de
las previstas en el artículo 54.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, creada mediante la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto
Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, y adscrita a la Consejería competente en
materia de seguridad y salud laboral. Los Estatutos del Instituto Andaluz de Prevención
de Riesgos Laborales fueron aprobados mediante el Decreto 34/2008, de 5 de febrero.
El Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales tiene como fines generales
fomentar la cultura preventiva en Andalucía, el análisis y estudio de las condiciones de
seguridad y salud laborales, así como la promoción y apoyo de la mejora de las mismas,
con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, a los trabajadores autónomos
y a los sectores de mayor riesgo.
Mediante el Decreto 157/2009, de 12 de mayo, por el que se modifica parcialmente
la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Empleo, se dotó al Instituto Andaluz de Prevención
de Riesgos Laborales de los puestos de trabajo inicialmente necesarios en las áreas de
fomento y planes de actuación y de promoción de la cultura preventiva. No obstante,
en dicha modificación de la relación de puestos de trabajo no se crearon los puestos
necesarios para el ejercicio de las competencias horizontales, que fueron delegadas y
que han venido siendo desarrolladas, hasta este momento, por la Secretaría General
Técnica de la Consejería de adscripción.
Por lo tanto, se procede ahora, mediante la presente modificación de la relación de
puestos de trabajo, a dotar al Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales de
una unidad administrativa con los puestos de trabajo necesarios en las áreas horizontales
de administración general, de gestión económica, de contratación administrativa y de
recursos humanos.
Asimismo, se refuerza la unidad administrativa de fomento y cultura preventiva con
tres puestos en el área de fomento y con dos puestos de trabajo para la explotación de
datos estadísticos, esenciales para el diagnóstico de la realidad preventiva en Andalucía,
y para la formación preventiva, con la adecuada formación especializada.
Por último, en la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral se procede,
mediante las operaciones de supresión y de creación, a la homogeneización de las
características de un puesto de trabajo de jefatura de unidad administrativa con las de las
restantes jefaturas de ese mismo órgano directivo central.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el
que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia
económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable
a esta modificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195413
Decreto 194/2021, de 6 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación
de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y al
Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.